El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este martes en primer debate el proyecto de ley de prisión preventiva que reforma el Código Procesal Penal para endurecer la medida en delitos que atenten contra la seguridad ciudadana.

La iniciativa, tramitada bajo el expediente 23.986, incluye la modificación del artículo 239 y la adición de nuevas causales en el artículo 239 bis de la mencionada ley para establecer que los jueces deberán ordenar la prisión preventiva en casos donde exista peligro para la víctima, el denunciante, los testigos o la comunidad.

Para efectos de la aplicación de esa medida la Asamblea definió como "comunidad" el conjunto de personas que habitan en una zona geográfica específica en donde se desarrollaron los hechos punibles que son endilgados a la persona imputada, y sobre los cuales existen motivos razonables para presumir que la vida e integridad física de este conjunto de personas se encuentra en peligro.

Asimismo, la iniciativa dispone que los jueces deberán valorar el dictado de la prisión preventiva especialmente en el marco de la investigación de delitos previstos de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, así como otros delitos donde la persona investigada mantenga o haya mantenido con la víctima una relación o vínculo de pareja, sea matrimonial, unión de hecho, noviazgo, convivencia, de no convivencia, casual u otra análoga, aun cuando medie divorcio, separación o ruptura.

El proyecto también contempla nuevas causales para aplicar la prisión preventiva, incluyendo el distribuir, comerciar, suministrar, fabricar, elaborar, refinar, transformar, extraer, preparar, cultivar, producir, transportar, almacenar o vender drogas, sustancias o los productos referidos en la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo (Ley N°7786), así como por el cultivo de las plantas de las que se obtienen tales sustancias o productos.

De igual forma deberá aplicarse en los delitos de legitimación de capitales, por el delito de producción, fabricación, preparación, distribución, transporte, almacenamiento, importación o exportación de precursores u otros productos químicos regulados; así como por facilitar drogas a menores de edad, personas con discapacidad o mujeres embarazadas; la introducción de drogas en centros educativos, culturales, deportivos, recreativos o centros penitenciarios; por usar menores de edad para cometer delitos; cuando los padres o tutores de un menor sean los autores del delito; cuando exista crimen organizado nacional o internacional; y cuando la persona se valga del ejercicio de un cargo público.

Asimismo deberá contemplarse en los casos de homicidio simple, homicidio calificado, delitos sexuales contra personas menores de edad, y en delitos donde medie el uso de armas de fuego.

El proyecto recibió 39 votos a favor y 6 en contra, estos provenientes de la bancada del Frente Amplio y de la diputada independiente Gloria Navas Montero.

El Frente Amplio justificó en un comunicado de prensa su voto negativo señalando que según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la figura de la prisión preventiva no debe ser utilizada como una sanción anticipada, ni basarse en criterios generales como la peligrosidad del imputado o el impacto social del delito, pues eso podría prestarse para actos arbitrarios de persecución de personas, además de que su uso indiscriminado constituye una violación a los derechos humanos fundamentales, particularmente cuando se impone sin una evaluación detallada y circunstanciada de cada caso individual, sino basándose en meros supuestos de peligrosidad de la persona investigada.

La agrupación destacó que varias instituciones se han pronunciado en contra de este expediente, tales como la Corte Suprema de Justicia, el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, ILANUD, la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica y el Mecanismo de la Tortura, y que entre las objeciones se encuentra el hecho de que elimina el análisis judicial necesario para determinar si la prisión preventiva es realmente necesaria y proporcional en cada caso particular, sustituyéndolo por una imposición automática basada únicamente en el tipo de delito, y que atenta contra el derecho a la presunción de inocencia.

Se espera que el proyecto sea enviado a revisión a la Sala Constitucional antes de poder recibir su segundo debate.

Breves

Con 41 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 23.259 "Ley para armonizar la normativa del arbitraje costarricense".

Con 44 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 23.427 "Ley de protección social para las personas en situación de calle permanente y migrantes en tránsito".

Con 45 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 24.187 "Autorización a la Municipalidad de Cañas para utilizar recursos en el proyecto de mantenimiento y reparación del Templo Parroquial Patriarca San José del centro de Cañas, Guanacaste".

Con 42 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 23.312 "Reforma a la Ley N° 7052, Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y creación del Banhvi, para reformar el Fondo Nacional de Vivienda y promover el acceso a vivienda para la clase media".

— La Comisión de Ambiente dictaminó afirmativamente el expediente 23.572 "Reforma y adición a la Ley N.° 7530, Ley de Armas y Explosivos, de 10 de julio de 1995 y sus reformas (Anteriormente denominado: Ley para regular el uso de artículos de pirotecnia)"

— La Comisión de Gobierno dictaminó afirmativamente el expediente 23.984 "Adición de un inciso 121 al artículo 2, y adición de un artículo 48 Bis de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, N°9078, del 4 de octubre de 2012 y sus reformas para la regulación de los Tuk Tuk", así como el expediente 24.155 "Reforma a los artículos 5, 7 y 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Profesionales en Criminología, Nº 8831, del 12 de mayo de 2010". 

— La Comisión de Asuntos Agropecuarios rechazó el expediente 23.914 "Creación del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA) y del Programa Nacional de Ferias del Productor Agropecuario".

— La Comisión de Asuntos Sociales dictaminó afirmativamente el expediente 23.602 "Reformas de los Artículos 1 y 6 de la Ley Nº 4508 del 26 de diciembre de 1969, Ley de Creación del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (Inciensa)".