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A partir  del 1 de octubre del presente año, las Asociaciones Solidaristas deben estar inscritas en el Registro de transparencia y beneficiarios finales, esto en acatamiento a la Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal, Ley No 9416. 

Dicha ley pretende evitar la evasión fiscal que se da en Costa Rica, por lo que su implementación trae  consigo la  obligación impuesta a las personas jurídicas o estructuras jurídicas domiciliadas en el país,  a proporcionar al Banco Central de Costa Rica el registro de accionistas y beneficiarios finales.

Este registro consiste en un sistema informático desarrollado por el Banco Central de Costa Rica, que permite a las personas jurídicas y otras estructuras jurídicas como: fideicomisos, administradores de recursos de terceros y las organizaciones sin fines de lucro; suministrar  información para registrar a sus participantes y sus beneficiarios finales, así como otra información relevante que permita un control eficaz en la lucha contra el fraude fiscal, la legitimación de capitales y el financiamiento del terrorismo.

Recordamos a todas las Asociaciones Solidaristas que para poder realizar el Registro de Transparencia, la asociación debe estar debidamente registrada en el Ministerio de Trabajo, además debe mantener actualizada la Junta Directiva y su representación legal”, señaló María Isabel Bonilla, abogada especialista del sector solidarista.

La Licda. Bonilla advierte que “de no realizar este registro, ni los notarios públicos ni el  Registro Nacional podrán emitir certificaciones de personería jurídica o inscribir documentos a favor de las asociaciones solidaristas”.

Los únicos entes que tienen acceso a la información suministrada por las asociaciones,  serán el Banco Central de Costa Rica, la Dirección General de Tributación y al Instituto Costarricense sobre Drogas.