ICD indicó que en 2023 Costa Rica importó un aproximado de 5 millones de litros de xileno.
A través de un comunicado a la prensa, el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) aclaró que el xileno no corresponde a un precursor del fentanilo.
El director del ICD, Fernando Ramírez, indicó que la sustancia presente en la contaminación en el agua de los cantones de Moravia, Goicochea y Tibás, “no es una sustancia química específica para fabricar una determinada droga”.
Aseguró que la fabricación ilícita del fentanilo tiene como precursores las sustancias Norfentanilo, ANPP, NPP, 4-AP y (1-boc-4- AP), las cuales están sometidas bajo control internacional y también nacional.
El xileno se encuentra fiscalizado por la Unidad de Control y Fiscalización de Precursores del ICD, y por ello, se realiza un estricto control a las importaciones y su trazabilidad a nivel del comercio local".
La autoridad del ICD detalló que la fiscalización del xileno se realiza como consecuencia de la ubicación geográfica del país. Esto debido a que esta sustancia se utiliza como solvente orgánico en la extracción de drogas de origen natural, que se producen en países de América del Sur, así como, por su uso en pequeñas cantidades como sustituto de acetona y tolueno en la fabricación de metanfetamina.
Ramírez agregó que el xileno “es una sustancia química fundamental en la cadena productiva lícita de Costa Rica", específicamente para la industria de diluyentes y pinturas. Además, mencionó que en el año 2023, el país importó un aproximado de 5 millones de litros de xileno.
El ICD indicó que, con respecto a decomisos de xileno en Guatemala y Honduras, han estado en contacto a las instituciones homólogas de estos países.
En el caso del decomiso de 240 tambores de xileno en Guatemala, se informó que una vez concluida la investigación la entidad técnica determinó que se trató de resina, y no de una sustancia relacionada al fentanilo.
En Honduras se dio decomiso 6.981 kilogramos de xileno, se trató únicamente de una retención, como consecuencia de irregularidades, como la carencia de un profesional técnico y la falta de actualización del libro de sustancias controladas, detallaron.
El Semanario Universidad publicó este viernes que, desde diciembre de 2023, por orden de Ramírez, el ICD dejó sin efecto el requerimiento de que las industrias o personas que compran o utilizan productos de la “lista 3”, en donde se encuentra el xileno, se registraran ante las autoridades.
El oficio UCFP-COM-2142-2023, puntualiza en que la anulación implica que “cuando se trate de compra local de los productos de la lista 3 se requiere únicamente que posean un permiso de funcionamiento o certificado veterinario de operación que los faculte para el manejo de estos productos, sin que sea necesario el otorgamiento de una licencia o permiso por parte de la Unidad de Control y Fiscalización de Precursores”.
Antes de ese momento, estaba vigente una directriz de la jefatura de Unidad de Control y Fiscalización de Precursores que establecía una serie de requisitos para las industrias que manejan estos químicos.
Por ejemplo, tener permiso sanitario de funcionamiento vigente emitido para “una actividad que justifique el uso de la(s) sustancia(s) de lista 3”. Además debían registrar las ventas y registrarse ante la Unidad de Control y Fiscalización de Precursores y reportar movimientos de las sustancias así como la producción y venta de los productos terminados, detalló el medio de comunicación.