Randall Zúñiga dio declaraciones a la prensa tras asesinato de policía del OIJ la madrugada de este jueves.

El director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), Randall Zúñiga López, dio esta tarde nuevas declaraciones a la prensa tras el asesinato de un  agente del OIJ la noche de este miércoles. El jerarca se refirió a la solicitud de la Asamblea Legislativa al Poder Ejecutivo de que se declare Emergencia Nacional por el tema de la inseguridad en el país.

Sobre esa posibilidad, Zúñiga señaló que “hay que entender y sopesar qué es lo importante y qué es lo urgente ahorita” y cuestionó la utilidad que tendría la medida para atender la problemática actual añadiendo:

Una declaratoria de emergencia lo que va a generar es una agilidad en las compras, posibilidades de hacer procesos más rápidos ¿eso es lo que queremos ahorita? ¿O queremos algo de verdad que venga a impactar directamente contra la criminalidad?”.

Zúñiga señaló que el Poder Ejecutivo está en la potestad de utilizar el recurso de declaratoria de emergencia, pero aseguró que esa medida no impactaría al OIJ:

 Yo tengo mis reservas, pueden utilizar, si quieren, el recurso de la declaratoria de emergencia, sin embargo, eso no nos va a generar un solo cinco más a nosotros en cuanto a posibilidades de tener más recurso, más personal, que es lo que ocupa la policía en la actualidad”.

Adicionalmente, consultado sobre la negativa del Poder Ejecutivo de apoyar la exoneración al OIJ del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) el director del OIJ señaló que si bien el Poder Ejecutivo tiene la posibilidad de vetar la ley, sería “una afrenta grave para todos los compañeros, para la moral de estos cuerpos policiales”.

El comentario se dio, ya que el ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, ha asegurado desde hace varios meses que si la Asamblea Legislativa exonera al OIJ del pago del IVA, el Poder Ejecutivo reduciría también el presupuesto del Poder Judicial. Sobre esta posibilidad Zúñiga añadió:

Si ya se determina que es Presupuesto de la República y se genera así como tal, como una ley, pues evidentemente el Ejecutivo tiene su parte para poder vetarla, que es el instrumento legal, lo que no se vale o lo que no sería correcto es que una vez que se generó la voluntad de los representantes del pueblo de Costa Rica, investidas en la figura de los señores y señoras diputados, pues que se les recorte ese presupuesto a OIJ, sería de verdad bastante lamentable en las condiciones en que estamos nosotros combatiendo como último recurso para la seguridad del país”.

La iniciativa de exonerar al OIJ del pago del Impuesto al Valor Agregado fue dispensada de trámite por la Asamblea Legislativa el lunes esta semana, pero contó con el voto en contra de toda la bancada oficialista y cinco votos en contra en su aprobación en primer debate el día de hoy. Adicionalmente, en la conferencia de prensa este martes el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, minimizó el impacto de esa iniciativa indicando que como solo el 30% de los gastos del OIJ pagan IVA, por lo que exonerar al organismo de este impuesto representaría una liberación de solo el 3.9%, una cifra que consideró "no le va a resolver el problema ni al OIJ, ni al Ministerio de Justicia ni al Ministerio de Seguridad Pública".

Declaratoria de Estado de Emergencia

La Comisión Nacional de Emergencias ha aclarado que la incorrecta interpretación del precepto constitucional lleva a asumir que todo problema que constituye una situación de urgencia, puede ser resuelto por el Estado mediante decretos de emergencia. Sin embargo, la Sala Constitucional mediante el Voto Nº 3410 ha señalado que el “concepto de urgencia, pero no la mera urgencia, está sujeto al principio de legalidad”. De tal modo, es la magnitud de una catástrofe y sus consecuencias la que delimita el concepto y no la urgencia de brindar rápida atención a las personas o bienes afectados”, y añade:

Las urgencias ocasionadas por otra naturaleza de eventos o sucesos, típicamente conocidas como “contingencias sociales” no entran dentro del rango de situaciones que pueden ser objeto de la vía de excepción. Por ejemplo, urgencias relacionadas con deficiencias de gestión presupuestaria, planificación, el rezago en el mantenimiento de la obra pública, entre otros, son situaciones que quedan al margen de este precepto”.

Lea más sobre las declaratorias de emergencia en este documento de la CNE.