Proyecto fue aprobado en primer debate el 16 de octubre en voto 36 vs. 6
La Defensoría de los Habitantes de la República interpuso una consulta de constitucionalidad contra el proyecto de ley aprobado en primer debate (36 votos a favor y 6 en contra) que pretende extender la vida útil de los autobuses de los modelos 2007 y 2008.
La consulta fue planteada en virtud del artículo 96 inciso ch) de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que dispone que la Defensoría de los Habitantes puede interponer consultas de constitucionalidad contra proyectos de ley si considera que infringen derechos o libertades fundamentales reconocidos por la Constitución o los instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes en la República.
Dato D+: La Sala Constitucional confirmó la recepción de la consulta, la cual se tramitará bajo el expediente judicial 23-23217-0007-CO
Según informó el ente auxiliar del Congreso en un comunicado de prensa, "insistir en ampliar la vida útil de unidades de autobús para transporte público 2007 y 2008 representa una señal de total irrespeto de los derechos de la población con discapacidad en particular, y las personas usuarias en general, lo cual la Defensoría de los Habitantes no debe permitir".
Llama la atención de esta Defensoría que dicho proyecto no fue consultado a las personas con discapacidad, a pesar de que tiene repercusión directa en el ejercicio de sus derechos, y en general, de sus vidas. La consulta no puede verse como una simple norma programática sino un derecho que se enmarca dentro de la categoría a la participación política. Otra falencia que la Defensoría evidenció es la vulneración al principio de no regresividad en materia de derechos humanos; es decir, no es posible que lo que hoy se reconoce como un derecho y mañana pierda ese carácter o que se menoscabe el reconocimiento del mismo.
La Defensoría recordó que la Ley 7600 Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad aprobada en 1996 incluyó un transitorio que indicaba que toda la flota de autobuses debía ser accesible para personas con discapacidad en un plazo de siete años; como esto no ocurrió en 2006, se aprobó una reforma para ampliar un nuevo plazo por ocho años en porcentajes escalonados y se adicionó un artículo que indicaba que no podían circular unidades de buses de transporte público después de transcurrido un plazo improrrogable de 15 años desde fabricación, así como aquellos que no cumplieran medidas de accesibilidad.
Hoy la historia de incumplimientos y de lesiones a los derechos de las personas con discapacidad y otras poblaciones se repite, siendo un golpe muy fuerte para el no cumplimiento de sus derechos. Para la Defensoría de los Habitantes de aprobarse la iniciativa de ley las personas usuarias del transporte público tendrían un doble perjuicio: recibirían el servicio con unidades viejas, con más de 15 años de antigüedad (..) y, por otro lado, paradójicamente, a pesar de recibir el servicio con unidades más viejas, podrían ver aumentadas las tarifas del servicio.
La Defensoría solicitó a la Sala Constitucional que declare que las pretensiones del proyecto de ley, que se tramita bajo el expediente legislativo 23.782, infringe el derecho de consulta de las personas con discapacidad contemplado en el artículo 4 de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el numeral 5 de la Convención Interamericana Para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad; además del principio de participación contemplado en los mismos cuerpos normativos y en el artículo 9 de la Constitución Política; que es lesivo del derecho a la Accesibilidad reconocido en el artículo 9 de Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; que es violatorio al artículo 33 constitucional que garantiza la igualdad ante la ley, sin discriminación alguna y finalmente, que es contrario a los principios constitucionales de no regresión de los derechos humanos y de razonabilidad, desarrollados ampliamente por esa Sala.
“Ya es hora que como Estado nos aboquemos al cumplimiento de los derechos de las poblaciones con discapacidad. El camino no es violentar derechos sino garantizarlos”, concluyó Angie Cruickshank, defensora de los Habitantes.