Ejecutivo acumula hasta 18 meses de atraso en enviar a publicar algunos decretos legislativos.

Doce congresista de cinco bancadas presentaron a la corriente legislativa un proyecto de reforma constitucional (expediente 23.867) que pretende incluir en el artículo 126 de la Carta Magna el plazo de tiempo que dispone el Poder Ejecutivo para enviar a publicación un decreto legislativo, requisito indispensable para que sea ley de la república.

Dato D+: Los expedientes legislativos, tras su aprobación final, se convierten en Decretos Legislativos hasta que sean firmados por el Poder Ejecutivo y enviados a publicación. En el caso de que se dé un veto y el Plenario le pase por encima con un resello la firma del decreto legislativo la realiza el Directorio de la Asamblea Legislativa.

El artículo 126 de la Constitución Política establece que el Poder Ejecutivo cuenta con 10 días hábiles (a partir de que recibe el decreto legislativo) para vetarlo, posterior a ese plazo no es posible un veto presidencial, sin embargo, actualmente no se establece un plazo para que el Poder Ejecutivo deba realizar la firma y publicación para que pase a ser ley de la República.

La propuesta de reforma constitucional le daría al Poder Ejecutivo un plazo de 10 días hábiles, que empiezan a contar a partir de que se venza el primer plazo de 10 días hábiles para el veto, y añade que “de no darse la promulgación del Poder Ejecutivo, la Asamblea Legislativa ordenará su promulgación, quedará sancionado y mandará a ejecutar como Ley de la República”.

El proyecto lleva la firma principal de la diputada del PUSC Vanessa de Paul Castro Mora, y cuenta con la firma de respaldo de congresistas de su bancada así como de los partidos Liberación Nacional, Nueva República, Frente Amplio y Liberal Progresista. Por tratarse de una reforma constitucional el proyecto deberá ser leído en el Plenario tres veces, para que posteriormente su vote si se acepta a estudio (o no). En caso de que la reforma sea acogida a estudio se debe designar una comisión especial para su dictamen y posteriormente recibir dos votaciones en una legislatura y tres votaciones en la legislatura siguiente.

Decretos Legislativos pendientes

Con corte al 28 de junio de este año —ya que todos los proyectos aprobados posterior a esa fecha todavía están dentro del plazo de 10 hábiles en que el Ejecutivo puede vetarlos— hay 18 decretos legislativos que ya fueron aprobados y enviados al Poder Ejecutivo que todavía están pendientes de publicación. El decreto legislativo que lleva más tiempo de espera es el que se tramito bajo el expediente 21.739, y que fue aprobado el pasado 17 de enero del 2022 y que fue enviado al Poder Ejecutivo el 20 de enero del 2022, y todavía no ha sido publicado, por lo que ya acumula 18 meses de atraso en su publicación.

¿De qué tratan los decretos no publicados?

Entre los decretos legislativos que están pendientes de publicación hay seis desafectaciones o donaciones de terrenos, cuatro declaratorias de benemeritazgos de distintas instituciones, una ley de Colegios Profesionales, y otros 8 de temas varios.

A continuación, puede acceder al expediente de cada proyecto en nuestro sitio Delfino.cr/Asamblea donde podrá conocer su proponente, propósito, historial de textos y votaciones, haciendo click en el enlace:

  • Expediente 21.739: Modificación del artículo 2 de la Ley de Autorización a la Municipalidad de San Pablo de Heredia para que segregue lotes de un terreno de su propiedad y los done a los beneficiarios del Proyecto de Vivienda Las Joyas, N° 9297, de 27 de mayo de 2015
  • Expediente 22.450: Exoneración de pago para la publicación de los reglamentos de los Comités Cantonales de la Persona Joven, Comisión Permanente del Concejo Municipal en el Diario Oficial La Gaceta
  • Expediente 21.397: Ley para promover la transparencia en el suministro de información en el sector público
  • Expediente 22.024: Autorización a la Municipalidad de Palmares para que se done un terreno a Desarrollos Josema S.A en permuta del lote recibido en donación en el año 2001
  • Expediente 22.506: Ley para garantizar la paridad de género en la conformación de los órganos colegiados de los gobiernos locales
  • Expediente 22.741: Ley de desafectación del uso actual de la calle cero entre avenidas cero y cinco, además la avenida dos entre calles cero y dos del distrito primero del cantón de Siquirres de la provincia de Limón
  • Expediente 19.598: Ley Orgánica del Colegio de Cirujanos y Cirujanas Dentistas de Costa Rica
  • Expediente 23.288: Declaración de las Bandas de Concierto de Heredia, Alajuela, Cartago, Guanacaste, San José, Puntarenas, Limón, la Dirección General de Bandas y las Bandas Municipales como Instituciones Beneméritas de la Música y la Cultura Costarricense
  • Expediente 23.248: Declaratoria del Liceo Franco Costarricense como Institución Benemérita de la Educación y la Cultura Costarricense
  • Expediente 23.332: Declaratoria del Museo de los Niños como Institución Benemérita de la Niñez Costarricense
  • Expediente 22.445: Apoyo municipal para adultos mayores en pobreza
  • Expediente 22.929: Autorización al Estado-Ministerio de Gobernación para Desafectar y Donar un Terreno de su Propiedad a la Asociación de Mujeres Emprendedoras de El Alumbre
  • Expediente 23.570: Reforma de los Artículos 10 y 12 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, N° 6815 de 27 de septiembre de 1982
  • Expediente 22.638: Ley para adicionar a la Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores (Caja de Ande) como entidad autorizada del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda
  • Expediente 23.103: Autorización a la Municipalidad de Matina a Segregar y Donar Terrenos de su Propiedad a Beneficiarios que Conforman Familias que Residen en el Cantón de Matina
  • Expediente 23.240: Ley para el Fomento de la Cultura de Emprendimiento e Innovación
  • Expediente 23.215: Declaratoria de Benemeritazgo de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
  • Expediente 22.256: Ley de autorización a la Municipalidad de Escazú para permutar un terreno destinado a facilidades comunales en la Urbanización Trejos Montealegre, por dos terrenos con la misma cabida e identica finalidad en dicha urbanización