Ministerio Público destacó que a pesar de no estar en firme la sentencia es un “claro ejemplo de la responsabilidad penal y civil” para quienes comenten acciones delictivas en cargos públicos.
La Procuraduría de la Ética pública (PEP) informó sobre el voto integral del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, dado el 11 de agosto anterior, en el cual se declaró responsables penalmente a Alexis Montero Salas y Luis Fernando Marín Guerreo, exregidores de la Municipalidad de Santa Ana del periodo 2016-2020, por el delito de legislación en provecho propio en concurso con un delito de incumplimiento de deberes.
Según señaló el procurador director de la Ética Pública, Armando López Baltodano, a los exregidores se les encontró culpables de “omitir el deber de abstenerse de participar en una sesión del Concejo Municipal en el año 2017, en la que se iba someter a votación su participación en un congreso en Corea , financiado con recursos públicos, a pesar de que, debieron no estar presentes y abstenerse de participar con su voto favorable, cuando estaban obligados, según el Código Municipal, en ocasión a que los mismos tenían interés personal en asistir al viaje”.
La sanción impuesta a ambas personas fue un año de prisión, así como la inhabilitación para ejercer cargos públicos y de elección popular por un plazo de dos años y se les condenó a cancelar la suma de dos millones de colones cada uno, por concepto de daño social, ocasionado por la violación al deber de probidad.
Desde el la PEP señalaron que aunque la sentencia todavía no se encuentra en firme, consideran esto un “claro ejemplo de la responsabilidad penal y civil que pueden llegar a enfrentan los funcionarios públicos que cometen acciones delictivas en ocasión del cargo o en el ejercicio de su función”.
Este caso fue dado a conocer gracias a una denuncia ciudadana que se presentó en PEP, que al investigar lo denunciado, determinó irregularidades constitutivas de delito y trasladó el caso al Ministerio Público.