Periodista ganó recurso de amparo por los ataques verbales perpetrados por Rodrigo Chaves y Joselyn Chacón

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) condenó este martes al Estado por los ataques verbales perpetrados por el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, y la exministra de Salud, Joselyn Chacón Madrigal, en contra de los medios La Nación, Telenoticias y CRHoy.com, y sus periodistas.

Mediante sentencia 2023-12085, la unanimidad de los magistrados del Alto Tribunal declararon parcialmente con lugar el amparo tramitado bajo el expediente 23-001072-0007-CO,  que había sido presentado por el periodista Jason Ureña por los ataques cometidos en la conferencia de prensa del Consejo de Gobierno del pasado 9 de enero, primera del 2023 y donde el Ejecutivo se refirió a las denuncias sobre el uso de troles para atacar periodistas y diputados.

En dicha conferencia, relataba la denuncia, Chaves y Chacón atacaron a los tres medios de prensa, así como a Ureña a título personal, con adjetivos ofensivos, presentándolos como una banda de delincuentes, sicarios políticos y deslegitimando el trabajo investigativo de la prensa nacional y el de Ureña en particular.

Según la transcripción literal de la conferencia de prensa levantada por Delfino.cr, ese día Chaves se refirió a los periodistas como "sicarios políticos", "desgraciados" y "gente chismosa". Asimismo Chacón justificó el haberle instruido al trol Piero Calandrelli que le diera "duro" al "maldito de Jason Ureña", mientras que el mandatario también defendió el término diciendo que el comunicador era "un perverso", con "mala intención y dañadas costumbres".

Ureña alegó ante los magistrados que el discurso del mandatario y de la exministra de Salud sobrepasaba en mucho los límites del debate democrático y que constituía un ataque furibundo a la libertad de expresión, por cuanto generaba un efecto amedrentador, atemorizador, que provocaba autocensura, y que implicaba un desconocimiento de las obligaciones de respeto y garantía de los derechos fundamentales que recaen sobre todo funcionario estatal.

El amparo condena al pago de costas, daños y perjuicios causados con los hechos denunciados, los cuales podrán ser reclamados en la vía contencioso-administrativa. La sentencia, sin embargo, no ordena al presidente de la República a abstenerse de incurrir en conductas similares pues ello constituiría un acto de censura previa, prohibido por la Constitución; sin embargo, deja la puerta abierta para que si Chaves continúa con sus ataques hacia los medios y periodistas, se presenten nuevos amparos en su contra.

Según un comunicado de prensa del Alto Tribunal, los magistrados consideraron que a los funcionarios públicos les asiste todo el derecho, y el deber en ciertos casos, de formular críticas, aun vehementes, contra los medios y periodistas cuando según sus puntos de vista lo hacen "de manera injusta, falaz o desmedida" a la hora de difundir una noticia o un comentario. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que ciertas expresiones y vocablos usados por los funcionarios no se justifican y sí constituyen un exceso, por lo que podrían promover el hostigamiento contra los medios y periodistas aludidos.

El Tribunal agregó que las conferencias de prensa, en especial las televisadas, han resultado de gran utilidad para los Estados Democráticos, "no obstante, la utilización de un lenguaje irrespetuoso y ofensivo contra los periodistas constituye una lesión a la libertad de prensa".

La Sala que deliberó el caso estuvo integrada por los magistrados Fernando Castillo Víquez (presidente), Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Anamari Garro Vargas, Jorge Araya García, Luis Fernando Salazar Alvarado y el magistrado suplente José Roberto Garita Navarro.

Los magistrados Cruz Castro, Rueda Leal, Araya García y la magistrada Garro Vargas consignaron notas por separado.

Caída en ránking de libertad de prensa

Los ataques de Chaves hacia los medios de comunicación ocasionaron que Costa Rica sufriera una importante caída en la Clasificación Mundial 2023 de Libertad de Prensa elaborada por la organización internacional Reporteros Sin Fronteras (RSF).

Costa Rica tuvo una puntuación de 80,2 perdiendo 5.9 puntos en comparación con el año anterior, lo que significó una caída de 15 puestos hasta el lugar 23 del ránking y dejando de ser "el último bastión de la región" con una situación "buena" debido a lo que RSF ha denominado "un retroceso muy marcado de su puntuación política" y situándose ahora detrás de Canadá que escaló 4 lugares hasta el puesto 15 mundial.

El año pasado Costa Rica había sido considerada por Reporteros sin Fronteras como "el estudiante estrella de la región" pues si bien el país había caído tres puestos respecto al ránking del 2021, se ubicó en el puesto #8 del mundo (y #1 de América) en libertad de prensa, superando a Jamaica, Canadá, Trinidad y Tobago, y Argentina.

Con la posición #23 a nivel mundial Costa Rica obtuvo su peor ubicación en el ránking de RSF desde el año 2010, cuando el país obtuvo el puesto #29. Esta fue además la primera vez en ocho años que Costa Rica no ocupaba un lugar en el Top 10 de países con mayor libertad de prensa según la medición.

En la ficha técnica sobre Costa Rica, RSF explicó que "la libertad de prensa y la libertad de expresión son dos principios muy respetados en Costa Rica, lo que la convierte en una excepción en América Latina". Sin embargo, se señaló expresamente que "ciertos medios sufrieron ataques verbales en el último año, y el Ejecutivo restringió el acceso a la información pública".