Nueva legislación entrará a regir seis meses después de su publicación en La Gaceta.
La Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) ya inició los ajustes internos necesarios para la entrada en vigencia de la nueva Ley del Trabajador Independiente.
Esta ley recibió su aprobación en segundo debate en la Asamblea Legislativa el pasado 17 de abril, tras pasar el filtro de la Sala Constitucional, y hoy fue firmada por el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles.
La nueva ley fija a los trabajadores independientes un plazo de prescripción de cuatro años a sus deudas con la CCSS.
Además, y según dispone el texto, a partir de ahora se entenderá que un trabajador independiente es toda persona física que de manera autónoma ejecute trabajo sin subordinación, en el contexto de una actividad económica. Además, se establece que el trabajador independiente ejerce el control de sus actividades y por cuenta propia toma las decisiones más importantes de su trabajo; al tiempo que puede operar solo o en colaboración con otros trabajadores independientes y proporcionar o no trabajo a terceros.
En lo relativo al plazo de prescripción, el texto dispone que la acción de la Caja Costarricense de Seguro Social para determinar la obligación contributiva de los trabajadores independientes, imponer sanciones y para cobrar la obligación principal y sus sanciones, prescribirá en un plazo de cuatro años. Igual término regirá para exigir el pago de dichas cuotas.
Para el caso de los trabajadores independientes que no se inscriban ante la Caja o que incumplan sus deberes formales de declaración debidamente regulados, o los que estén registrados pero hayan presentado declaraciones calificadas como fraudulentas, el plazo de prescripción será de 10 años.
Adicionalmente, se dispone de un transitorio para que los trabajadores independientes no inscritos ante la CCSS puedan inscribirse, y se les aplique un plazo de prescripción de cuatro años; es decir, que a ellos no les aplicaría el término de los 10 años, siempre y cuando se inscriban en los primeros veinticuatro meses contados a partir de la publicación de la ley .
Asimismo, se establece que las obligaciones que no se paguen por declararse la prescripción de los periodos que correspondan, no generarán derechos al contribuyente para efectos de las cuotas del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
Seis meses de plazo a la CCSS
Como medidas transitorias, el Congreso ordenó a la Caja reglamentar esta ley en un plazo de hasta seis meses, contados a partir de su aprobación como ley de la República.
Por ello, este miércoles la Gerencia Financiera de la CCSS señaló que ya inició el proceso para poner en marcha todo lo que requiere a nivel institucional para implementar la nueva legislación.
Según indicó Luis Diego Calderón Villalobos, gerente financiero de la CCSS, la Gerencia ya integró un equipo de trabajo que está identificando todos los cambios que se requieren en procesos y sistemas informáticos para este tema.
A su vez, el gerente señaló que se trabaja en la propuesta del reglamento para aplicar la ley, con un equipo que está conformado por funcionarios de la Dirección de Inspección, de la Dirección de Cobros y de la Dirección Jurídica, al que se sumará funcionarios de la Dirección Actuarial.
Según datos de la Caja a corte del 16 de abril de 2023 la institución contabiliza 134.659 trabajadores independientes entre activos e inactivos que tienen deudas con una antigüedad mayor a cuatro años de atraso con la CCSS, por un monto que asciende a los ¢301.102 millones.
Por ello, la Caja actualmente está trabajando en un proceso de condonación de recargos, multas e intereses, donde al 28 de abril 2023 se han recibido un total de 9.325 solicitudes, tanto para patronos como para trabajadores independientes.