El diputado oficialista Alexander Barrantes Chacón presentó como propio un proyecto de ley que es una copia y pega exacta de una iniciativa de la exdiputada Ivonne Acuña Cabrera para prohibir la pólvora y los fuegos artificiales en Costa Rica.
Barrantes anunció este jueves en sus redes sociales que se encontraba "celebrando la presentación de este proyecto para regular la ley, [sic.] principalmente de juegos pirotécnicos sonoros", enfocado en el bienestar de las mascotas y de los menores de edad con condición autista.
El proyecto fue recibido por el Congreso el 16 de febrero y se le asignó el expediente 23.572; mientras que en los registros aparece que la entonces diputada Acuña Cabrera presentó el suyo el 10 de diciembre de 2021, bajo el expediente 22.840.
Al comparar ambos documentos oficiales se concluye que Barrantes solo varió la justificación de motivos del proyecto y colocó su firma al final del documento, mientras que el articulado es una copia exacta al que presentó Acuña Cabrera.
El proyecto de la exdiputada aún se encuentra en corriente legislativa, es decir, no ha sido archivado, por lo que no se justifica la presentación de una copia exacta de su iniciativa bajo el nombre de otro congresista. Su proyecto no se archivará sino hasta el 10 de diciembre de 2025, si no es que ocurre antes por votación negativa o porque en su lugar llegare a aprobarse como Ley de la República.
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Consultado por Delfino.cr sobre el plagio, el diputado oficialista afirmó a través de uno de sus asesores que
la idea fue retomar una muy buena idea de la exdiputada Acuña, sí se le hicieron algunas mejoras y se le agregaron unos datos adicionales a la exposición de motivos que se pensaron que fueran necesarios pero lo que es el articulado serán los miembros de la comisión que estudien el proyecto los que definan si se le tienen que hacer algunas mejoras, adiciones o eliminarle algún texto al proyecto".
Ante la pregunta de por qué si considera que el proyecto de Acuña era una buena idea, no hizo mención alguna a que el texto original provenía de ella, respondió que "sí fue una omisión pero el proyecto anterior no ha tenido el impulso necesario y por eso se presentó algunas mejoras y mayor fundamentación en la exposición de motivos".
Acuña propuso que en el país únicamente se permita el uso de pólvora no ruidosa por parte de las empresas dedicadas a los espectáculos pirotécnicos cuyas condiciones y requisitos están reguladas por la Ley de Armas y Explosivos y sus reformas, así como su reglamento. Para el caso de personas, solo podrán utilizarla quienes cuenten con permiso del Ministerio de Salud, previo permiso de la Dirección de Armamento del Ministerio de Seguridad Pública.
Con esa redacción queda prohibido en el territorio nacional la adquisición, posesión, portación, venta, importación, exportación, fabricación, almacenaje y el uso de pólvora, pólvora menuda lucería, pólvora menuda explosiva aérea, pólvora no ruidosa, productos pirotécnicos, explosivos, explosivos bajos y altos por parte de la ciudadanía.
El plan también contiene sanciones, como una multa de dos a diez salarios base (924.400—4.622.000 colones) contra quien detone artículos pirotécnicos sonoros mayores a 86 decibeles; una multa de entre ¢50 mil a ¢400 mil a quien detone artículos pirotécnicos sonoros menores a 86 decibeles; y una multa de 50 mil a 100 mil colones a quien utilice artículos pirotécnicos no ruidosos sin autorización.
Lo recaudado por concepto de multas sería destinado a campañas de concientización sobre los riesgos del uso de la pirotecnia para las personas y los animales.