La Comisión Especial de Modernización y de Reforma del Estado de la Asamblea Legislativa dictaminó afirmativamente un proyecto de ley que reduciría la independencia técnica de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), para relegar en una figura política la decisión final de otorgar viabilidades ambientales.
Se trata del expediente 23.213, que pretende una reforma administrativa en el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) con el objetivo de dar más potestades al jerarca de turno de la institución.
El proyecto, que ahora pasará al plenario legislativo para su discusión, pretende convertir a figura jurídica de desconcentración mínima a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) y la Comisión Nacional para la Gestión de la biodiversidad (Conagebio). Con esa medida, se le quitaría el carácter de desconcentración máxima que ostentan, es decir, su potestad legal de ejercer sus funciones con independencia de su jerarca.
Con el proyecto además se eliminan las juntas directivas de Parques Nacionales adscritas al Minae, y se delegan sus funciones al Sistema Nacional de Áreas de Conservación.
La iniciativa busca que el Minae tenga una línea vertical de mando directa por medio de los directores generales que respondan a la cabeza de la cartera. En el caso del SINAC, en una de las reformas que se buscan el Secretario General de la institución deberá rendir cuentas de manera directa a la ministra o ministro.
"Será nombrado por el Ministro de Ambiente y Energía por un plazo de cinco años y podrá ser destituido por el mismo jerarca. Podrá asesorarse, cuando lo requiera, por un Comité Asesor, con carácter no vinculante, ad honorem, cuya conformación será integrada por representantes de instituciones o entidades públicas, que serán determinadas en el reglamento de esta Ley. El Comité Asesor deberá emitir por escrito sus recomendaciones al Secretario General para el desarrollo de los criterios que fundamentarán las decisiones del SINAC", se detalló en el texto dictaminado que modifica el artículo 23 de la Ley de Biodiversidad.
En la comisión el proyecto fue votado a favor por siete diputados de Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC), Liberal Progresista (PLP), Nueva República (PNR) y Progreso Social Democrático (PPSD). En contra votó la diputada del Frente Amplio, Rocío Alfaro.
Todos los espacios en los cuales se ha garantizado la participación de las comunidades, la participación de sectores precisamente para velar por una una legislación adecuada en materia ambiental, o son eliminados o se le quitan sus potestades o simplemente se le traspasan sus potestades a órganos con una mayor verticalidad y con una menor participación", dijo la frenteamplista.
Mientras que la jefa de la fracción oficialista, Pilar Cisneros Gallo, comentó:
Pretendemos esta reestructuración administrativa para que el ministro pueda ser competente y pueda ser responsable de la gestión que se le está dando".
Según un texto sustitutivo aprobado por la comisión, Setena ya no tendrá la última palabra en las evaluaciones de impacto ambiental; ni tampoco tendrá la potestad y obligación amplia de atender e investigar los hechos de degeneración o daño ambiental, pues se le limita a que lo haga sobre las evaluaciones sometidas a su conocimiento.
El proyecto se deshace de la integración de la Setena compuesta actualmente por el Minae, Ministerio de Salud, AyA, MAG, MOPT, ICE y universidades públicas; para sustituirlo por una persona que será libremente nombrada y removida por el ministro de Ambiente de turno.
Proyecto ya criticado
Al momento de que el presidente Rodrigo Chaves presentó la propuesta "Fortalecimiento de Competencias del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE)”, el colectivo ambientalista Bloque Verde calificó la propuesta como "cuestionable" e indicaron que demuestra la "deriva autoritaria en materia ambiental" del gobierno.
En el Bloque Verde señalaron a este medio de comunicación que es necesario hacer cambios en el MINAE, pero consideran que el documento presentado no tiene respaldo. Por el contrario, opinaron que el único sustento parece ser "el ansia de concentración de poder en una sola persona". Al respecto el investigador de la Red de Coordinación en Biodiversidad, Henry Picado Cerdas, comentó:
Sacar la participación ciudadana de material ambiental, es sin duda una regresión ambiental importante. Una regresión que sería incluso inconstitucional a nuestros ojos y estaría contradiciendo convenios internacionales que resguardan la participación ciudadana en materia ambiental".
En ese momento, advirtieron que debilitar la participación podría provocar una mayor conflictividad social ambiental y judicialización de casos que hoy se contienen en algunos de los espacios que se pretenden eliminar. "Es decir, sí lo que busca el gobierno es mayor eficiencia, esto no se va lograr".
Potencialmente inconstitucional
La Asamblea Legislativa del periodo 2018-2022 intentó por primera vez traspasar potestades de la Setena al ministro de Ambiente, únicamente para los proyectos de hidrógeno verde. La actual Asamblea envió ese proyecto a revisión de la Sala Constitucional, la cual determinó que la iniciativa era violatoria del derecho de la Constitución.
Según dijo el Tribunal Constitucional, tratándose del derecho de tutela al ambiente, como consecuencia de los principios preventivo y precautorio, "es necesario que una competencia de orden técnico o científico, direccionada a establecer la viabilidad ambiental o bien, el impacto de determinada actividad o proyecto en el ambiente, o en general definir el tipo de herramienta técnico-científica para ponderar esas incidencias en el medio y los ecosistemas, se asigne a una instancia de naturaleza técnica y no de orden eminentemente político".
Lo anterior ya que la ponderación y análisis de tal materia exige e impone que sean consideraciones de orden técnico las que sustenten la habilitación o denegatoria de dicha viabilidad. Si bien las instancias políticas podrían establecer pautas programáticas en torno a dicha materia, en definitiva, la aplicación concreta de la variable científica y técnica conlleva a dicha orientación funcional.
Para la Sala, trasladar competencias de la Setena a la cabeza del Minae "desconoce el aludido criterio de especialidad funcional técnica, sin razón objetiva que permita sustentar la desaplicación singular o excepcionalidad a la competencia técnica que sobre dicha materia se ha asignado de manera general a una instancia especializada, según las regulaciones de la Ley Orgánica del Ambiente".