El Plenario de la Asamblea Legislativa rechazó dos veces, este miércoles, una moción para ampliar el plazo de vida a un proyecto de ley que pretendía incluir un capítulo sobre derechos sexuales y reproductivos en la Ley General de Salud.
Se trata del expediente 21.154 "Adición de un nuevo Capítulo III referente a los derechos en salud sexual y salud reproductiva, al Título I del Libro I de la Ley General de Salud, N° 5395 de 30 de Octubre de 1973 y sus reformas", el cual había sido dictaminado afirmativamente por la Comisión de la Mujer de la anterior Asamblea Legislativa.
La primera moción para darle 4 años más de vida legislativa al proyecto fue rechazada con 8 votos a favor y 36 en contra, votando a favor la fracción del Frente Amplio; la oficialista Luz Mary Alpízar y el oficalista Manuel Moralez Díaz; la socialcristiana Vanessa de Paul Castro y la liberacionista Andrea Álvarez Marín. En la segunda moción votaron 7 a favor y 40 en contra, sumándose a la negativa Vanessa de Paul Castro.
La iniciativa establecía responsabilidades del Estado en materia de salud sexual y reproductiva; reconocía los derechos en salud sexual y salud reproductiva de todas las personas; y en tercer lugar, los derechos de grupos poblacionales específicos.
Según el texto sustitutivo que había propuesto la comisión, se entendería por salud sexual "un proceso que conduce al bienestar físico, mental, social y cultural relacionado con la sexualidad y no solamente a la ausencia de enfermedad". Agregaba que la salud sexual requiere condiciones de libertad, autonomía, equidad y responsabilidad, así como acercamiento positivo y respetuoso hacia la sexualidad sin coerción, discriminación y violencia.
Además, la inicitiva incluía un artículo que obligaba al Ministerio de Salud en su calidad de órgano rector del sector, a asegurar el acceso y la disponibilidad de los métodos de anticoncepción y protección que sean seguros, eficaces y modernos; mientras que obligaba a la Caja Costarricense de Seguro Social a garantizar su provisión y disponibilidad, de acuerdo con cada etapa del desarrollo humano y las necesidades específicas de cada población.
Entre los derechos que se reconocían a la población estaban el recibir y disponer de información y educación integral actualizada, diversa y en salud sexual, salud reproductiva y sexualidad; decidir de manera informada acerca de los aspectos relacionados con su salud sexual y su salud reproductiva, así como de los servicios y tratamientos que desea o no recibir; y desarrollar una sexualidad de manera libre, sin discriminación alguna, responsable, de acuerdo a la etapa de desarrollo y conforme a sus capacidades.
También se incluía recibir orientación sobre los derechos en salud sexual y salud reproductiva y otros aspectos relacionados; además de recibir atención integral que incluya servicios de salud sexual y salud reproductiva durante todo su ciclo de vida, por parte de las instituciones del Estado especializadas con funcionarias y funcionarios capacitados en la materia; así como cecidir libre y responsablemente el ejercicio del derecho a la reproducción.
La iniciativa también declaraba el derecho a fefinir el número e intervalo de nacimientos de hijas e hijos que desean tener; tener acceso a métodos seguros, modernos y eficaces de anticoncepción y
protección; a la esterilización informada y voluntaria; y a recibir atención integra, oportuna, integrada, de calidad, con calidez, eficiente y eficaz en casos de violencia sexual o abuso sexual, garantizando el respeto, la confidencialidad, la privacidad y el seguimiento de su caso.
Otro de los artículos reconocía el derecho a información actualizada, a la obtención ágil y oportuna de métodos anticonceptivos autorizados e insumos seguros, eficaces, incluida la anticoncepción de emergencia, con el fin de prevenir embarazos no deseados o peligrosos para su salud; y que el Ministerio de Salud debía asegurar su disponibilidad y las instituciones encargadas de la salud debían ofrecerlos, cumpliendo con las regulaciones establecidas.
Para los hombres, la iniciativa indicaba que tenían derecho a los servicios de salud sexual y salud reproductiva especializados y que el Estado debía proveer las condiciones que facilitaran su acceso a estos y, en particular la información para la prevención, el diagnóstico temprano y el tratamiento del cáncer de próstata, así como de otras patologías del aparato urogenital. Para las mujeres, el texto indicaba que tenían derecho a la información, a la prevención, al diagnóstico temprano, al tratamiento de los procesos patológicos relacionados con sus órganos sexuales y reproductivos en particular el cáncer cervico-uterino y de mama o de cualquier otra enfermedad relacionada con sus órganos sexuales y reproductivos, incluyendo el virus del papiloma humano (VPH).
A las mujeres se les reconocía además el derecho sin discriminación alguna a una maternidad segura y en corresponsabilidad que incluyera las mejores condiciones psicosociales, ambientales, de servicios de salud y de su entorno disponibles para un embarazo, un parto y período post natal, libre de enfermedad y muerte; así como la obligación del Estado de garantizar las condiciones y acciones afirmativas necesarias.
La iniciativa también incluía derechos para la población sexualmente diversa y para la población con discapacidad.
Breves
— El Presidente de la Asamblea, Rodrigo Arias Sánchez, procedió a la integración de dos comisiones: una sobre la denuncia contra la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo; y la otra contra la Defensora Adjunta de los Habitantes, Tatiana Mora Rodríguez.
La primera comisión, encargada del expediente 23.462 contra Crespo, estará integrada por las diputadas Dinora Cristina Barquero Barquero, Gloria Navas Montero y Maria Daniela Rojas Salas y los diputados Gilberto Campos Cruz y Antonio José Ortega Gutiérrez. Esta comisión tiene un plazo de 15 días para rendir su informe al Plenario Legislativo.
La otra comisión investigadora tendrá el expediente 23.476 contra Mora y está integrada por las diputadas Monserrat Ruiz Guevara, Gloria Navas Montero, María Daniela Rojas Salas, Johana Obando Bonilla y el diputado Ariel Robles Barrantes. Esta comisión también tendrá un plazo de 15 días para rendir su informe al Plenario Legislativo.
— La Presidenta de la Comisión de Asuntos Hacendarios, Paulina Ramírez Portuguez, hizo un duro cuestionamiento al ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, al iniciarse el conocimiento del Quinto Presupuesto Extraordinario del presente año, que ingresó a la corriente legislativa el pasado viernes (expediente 23.482).
La diputada Ramírez criticó duramente que conociendo el titular de Hacienda todos los plazos que se deben cumplir en el Plenario Legislativo, en la tramitación de un expediente como este, sea enviado a destiempo, cuando se hace imposible para las instituciones la ejecución del mismo. Puso como ejemplo el caso de los 85 mil millones de colones que se incluyen en la propuesta y que son para el pago de las cuotas obrero patronales del Ministerio de Educación, que debe estar listo el 15 de diciembre, plazo imposible para este expediente, ya que no se estila esté aprobado hasta entrado el mes de enero 2023.





