El mandatario manifestó su malestar por el descongelamiento al ajuste salarial del 2020 en la Caja, pero fueron dos decretos firmados por él como ministro de Hacienda los que habilitaron esa decisión.

Dos decretos firmados por el ahora presidente, Rodrigo Chaves Robles, durante su paso en el Ministerio de Hacienda, son los que permitieron a la Caja Costarricense del Seguro Social y a otras instituciones, aplicar el ajuste salarial por costo de vida del 2020, que solo se mantiene sin aplicar para las personas funcionarias del Gobierno Central y que, incluso, la Procuraduría General de la República ha señalado deberá ser, eventualmente, cancelado de forma retroactiva, a todas las personas funcionarias.

En diciembre del 2019 el entonces presidente en ejercicio, Marvin Rodríguez Cordero, junto a Rodrigo Chaves en su condición de ministro de Hacienda, y las entonces ministras de Trabajo, Geanina Dinarte Romero, y de Planificación, Pilar Garrido Gonzalo, firmaron el Decreto 42.121 que autorizaba el aumento salarial por costo de vida aplicable al sector público para el año 2020, y que correspondía a un monto de entre 7.500 y 8.750 colones (dependiendo de la escala salarial).

Ese decreto, publicado en La Gaceta el 6 de enero del 2020, establecía que el pago correspondiente a dicho ajuste se aplicaría a partir de febrero 2020 y de forma retroactiva para enero de ese año, siendo de aplicación obligatoria para el Gobierno Central y de referencia para las demás instituciones descentralizadas.

Posteriormente, en abril del 2020, en el marco de la emergencia nacional por COVID-19, en su condición de ministro de Hacienda Chaves firmó, junto al entonces presidente, Carlos Alvarado Quesada, y las otras dos ministras, el Decreto 42.286 que congeló, temporalmente, el aumento salarial previamente acordado para ese año, únicamente para las personas funcionarias del Gobierno Central, mientras que para las demás instituciones públicas se les “instó” a que por su propia decisión congelaran ese aumento salarial, con la intención de destinar recursos a la atención de la Emergencia Nacional.

Decreto 42286 firmado por Rodrigo Chaves y demás jerarcas, para congelar aumento salarial por costo de vida a personas funcionarias del Gobierno Central. Decreto 42.286 firmado por Rodrigo Chaves y demás jerarcas, para congelar aumento salarial por costo de vida a personas funcionarias del Gobierno Central.

Aun cuando Chaves firmó el Decreto 42.286 que expresamente señala que su aplicación es obligatoria solo para las personas funcionarias del Gobierno Central, y dejaba a criterio de las distintas instituciones la aplicación o no de la medida, al enterarse del aumento acordado por la Caja Costarricense del Seguro Social el pasado 8 de setiembre, el mandatario cuestionó la legalidad de ese e incluso señaló:

la junta directiva tiene que revisar ellos si cometieron un error, yo les aconsejo que lo hagan, no porque yo sea juez, pero yo conozco la Ley de Responsabilidad Fiscal y las sanciones son una destitución, que en este caso se aplicaría a toda la junta directiva si violaron la Ley de Responsabilidad Fiscal y los pronunciamientos de la Sala IV”.

El comentario del presidente Chaves se dio a pesar de que la regla fiscal no impide aplicar el aumento acordado en 2020, e incluso hasta la Contraloría General de la República —ente encargado de velar por el cumplimiento de la regla fiscal— ya había aplicado el aumento del 2020 durante el 2021. Sin embargo, tras no lograr que el entonces presidente Ejecutivo de la Caja, Álvaro Ramos Chaves, se comprometiera a tratar de revertir la aplicación del aumento del 2020, el Consejo de Gobierno sustituyó el pasado 19 de setiembre a Ramos con Marta Esquivel Rodríguez.

Medidas extraordinarias de la regla fiscal no aplican a aumento 2020

A pesar de que al enterarse de la noticia de que la Junta Directiva de la Caja había descongelado el aumento del 2020, el presidente Chaves aseguró que esa decisión incumplía con las limitaciones que establece la regla fiscal, lo cierto es que fueron los decretos firmados por él y demás jerarcas en 2019 y 2020, los que habilitaron dicho aumento, en un momento en que el país no se encontraba en el escenario más restrictivo de la regla fiscal.

Fue hasta el 2021 que el país superó una relación deuda/Producto Interno Bruto (PIB) superior al 60%, activando las medidas extraordinarias de contención de gasto más fuertes de la regla fiscal,  que incluyen el congelar ajustes salariales por costo de vida, señalando:

No se realizarán incrementos por costo de vida en el salario base, ni en los demás incentivos salariales, los cuales no podrán ser reconocidos durante la duración de la medida o de forma retroactiva, salvo para lo relacionado con el cálculo para determinar las prestaciones legales, jubilaciones y la anualidad del funcionario”.

Por esa medida extraordinaria es que, desde el 2021,  a todas las personas funcionarias públicas no se les puede aplicar aumentos salariales por ajuste de costo de vida hasta que la relación deuda/PIB baje del 60%, y tampoco se permitiría realizar este año un ajuste por costo de vida del año 2021. Sin embargo, la disposición no puede limitar ajustes aprobados previamente, cuando la medida no estaba siendo aplicada.

El congelamiento de los salarios para el sector público se mantendrá hasta que la relación deuda/PIB no baje del 60%. Para este 2022 se proyecta que la relación deuda-PIB sea de alrededor del 68,8%.