La Procuraduría General de la República (PGR) contestó la consulta presentada por la diputada liberacionista, Paulina Ramírez Portuguez, sobre la legalidad del aumento salarial efectuado por el Gobierno para los altos puestos de Ministerios y Viceministerios.
Dato D+: El salario base de los altos puestos en los ministerios era de ₡1.357.300 para las personas ministras, y ₡1.302.650 para las personas viceministras. Con el ajuste los salarios quedaron en ₡2.681.745 y ₡2.573.768, respectivamente.
La diputada había presentado la consulta, considerando que el país se encuentra en el escenario más extremo de aplicación de la regla fiscal —al tener una relación deuda/Producto Interno Bruto (PIB) superior al 60%—, por lo que la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635) imposibilita aplicar incrementos salariales por costo de vida en el salario base y demás incentivos salariales.
La Procuraduría aclaró que no podía referirse al caso concreto, ni puede realizar un análisis de la validez de los actos emitidos por el presidente de la República, pero sí contestó de forma abstracta el fondo de la consulta.
En su respuesta la PGR concluye que el ajuste realizado por el Poder Ejecutivo no es un ajuste por costo de vida y más bien se trata de un "ajuste técnico", por lo cual no le aplicaría la limitación establecida en la Ley 9635.
En concreto el oficio firmado por la procuradora adjunta, Yanci Arias Valverde, señala que:
la regulación atinente a la Regla Fiscal, dispuesta en el Capítulo II del Título IV de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas no contempla como una medida extraordinaria, para el caso de que se apliquen las condiciones del escenario d) del artículo 11, la imposibilidad de otorgar un ajuste al salario base de ministros y viceministros, sino tan solo regula la improcedencia de realizar incrementos por costo de vida en el salario base, y en los demás incentivos salariales".
Adicionalmente, la respuesta de la PGR concluye que sí le corresponde a la Autoridad Presupuestaria aplicar revaloraciones salariales a los puestos excluidos del Régimen de Servicio Civil, tal y como serían los altos puestos de Ministerios y Viceministerios, según lo decretado por el Poder Ejecutivo.