El día de ayer el Consejo de Gobierno acordó abrir un proceso administrativo y suspender a tres directivas del Consejo Directivo del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) al, supuestamente, haber sido nombradas sin cumplir con los requisitos para el cargo. Las directivas suspendidas fueron: María Elena Feoli Peña, Sandra Rojas Araya y Carla Cristina Murillo Solano.

Adicionalmente, el Consejo de Gobierno acordó nombrar de manera temporal a Diana Valverde Bermúdez, Henry Gabriel Guevara y Ileana Murillo Masís, lo que rompió con el principio de paridad de género, al pasar de 4 hombres y 3 mujeres a una conformación de 5 hombres y 2 mujeres. Además, el nombramiento de esas tres personas se realizó sin haberse cumplido con el concurso de antecedentes público que se debe cumplir según indica el artículo 10 de la Ley de Creación del ICE (Ley 499).

Tanto la realización del concurso de antecedentes, como el tema de la paridad en la conformación del Consejo Directivo del ICE ya habían sido señalados por la Sala Constitucional, que condenó al Estado en 2015 por ambos temas.

Antecedente constitucional

En el 2015 la Sala Constitucional resolvió un recurso de amparo  presentado en contra del Consejo de Gobierno por no respetar la paridad de género en la conformación del Consejo Directivo del ICE y por haber realizado un nombramiento sin cumplir con el requisito de que la persona fuera seleccionada a través de un concurso de antecedentes, según establece expresamente el artículo 10 de la Ley de Creación del ICE (Ley 499).

En aquel entonces, la Sala acogió con lugar el recurso presentado por una ciudadana, y recordó que “la realización de un concurso de antecedentes resulta obligatoria a los efectos del nombramiento de los miembros del Consejo Directivo del ICE”.

Los nombramientos de ayer se realizaron sin que previamente se conociera de forma pública la apertura de un concurso de antecedentes, desde Delfino.cr se consultó a Casa Presidencial sobre la realización de estos concursos de antecedentes, y en específico sobre las fechas de apertura y cierre que debieron conocerse previo a concretar los nombramientos. Al momento de publicarse esta nota no se ha recibido respuesta. En caso de recibirla, se ampliará la información.

Dato D+: El artículo 5 del Decreto N° 40200-MP-MEIC-MC (Transparencia y Acceso a la Información Pública) establece que la información pública preconstituida (como sería las fechas de apertura y cierre de un concurso de antecedentes cuyos nombramientos ya fueron realizados) deben ser entregados por la administración de forma inmediata, por lo que no aplican los 10 días de respuesta que se utiliza en otras solicitudes de información.

Adicionalmente, en esa misma sentencia la Sala señaló que el Consejo de Gobierno debía seleccionar mujeres para que integren la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Electricidad, hasta que ese órgano cumpla con la regla de paridad de género.

La designación realizada el día de ayer, aun al ser nombramientos temporales, retrocede en materia de paridad de la conformación del Consejo Directivo del ICE quedando conformado, momentáneamente, con 5 hombres y 2 mujeres.

Directivas suspendidas defienden su nombramiento

Las tres directivas suspendidas enviaron un comunicado de prensa en día de hoy en el cual defendieron sus designaciones y señalaron que “nuestros nombramientos sí cumplen con todos los requisitos y así lo demostraremos en las instancias respectivas”.

Adicionalmente, las tres directivas aseguraron su esperanza que esta situación se aclare y “en que se respeten los pesos y contrapesos democráticos que deben existir en el Consejo Directivo del ICE, los cuales son parte esencial del Estado Social de Derecho costarricense e impiden que se tomen decisiones sin la debida discusión”.

La Ley 449 establece que el Consejo Directivo del ICE estará conformado por siete personas y que aparte de su presidencia ejecutiva, las otras seis personas deben ser:

  • Tres profesionales en ingeniería, con especialidad o experiencia profesional en telecomunicaciones o electricidad.
  • Una licenciada en ciencias económicas con el grado de maestría en administración,
  • Una licenciada en informática, con especialidad en telemática.
  • Una licenciada en derecho, con especialidad o experiencia profesional en derecho público.

Adicionalmente, todos los miembros del Consejo Directivo del ICE tienen la obligación de estar incorporados a sus respectivos colegios profesionales, de conformidad con la ley, tener por lo menos siete años de “reconocida experiencia profesional, gerencial o empresarial”, ser costarricenses y no pueden haber realizado actividades que presenten un conflicto de interés con su cargo en el año previo a su nombramiento.

El presidente Chaves aseguró que la suspensión se debía a incumplimientos en los requisitos, supuestamente señalados por una auditoría externa, pero no se indicó cuáles fueron las irregularidades en los nombramientos.