La Sala Constitucional ordenó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y al viceministerio de la Presidencia a emitir, en dos meses, el reglamento de la Ley para regular los eventos deportivos en las vías públicas terrestres.
La Ley a la que se hace mención tiene como objetivo principal agilizar la obtención de permisos para realizar eventos deportivos en vías públicas. Si usted gusta acceder al texto completo, puede hacerlo en el siguiente link.
Con esta orden de la Sala, dictada el pasado 11 de febrero, el Tribunal procura permitir la promoción de eventos deportivos, la salud, el deporte y la unión de la comunidad con el cumplimiento de las debidas medidas de seguridad.
La resolución se origina a raíz de un recurso de amparo presentado a favor de la Federación de Urbanatlón. Dicho recurso alegó que las autoridades incumplían con el artículo 23 de la mencionada ley (publicada el 1ero de diciembre del 2020), en el cual se establece que el reglamento para su puesta en marcha debía emitirse en un plazo de dos meses.
El Tribunal resolvió:
Dicha omisión resulta contraria a los derechos del tutelado, en el tanto no le permite contar con una norma que regule aspectos relativos a su seguridad, y que resulte acorde con la actual normativa de tránsito. En ese sentido, se reitera que existe una doble vinculación del Poder Ejecutivo, por un lado, a la ley y por otro a la Constitución"
Además, se agregó:
Por ello, es evidente que la Administración no cuenta con discrecionalidad alguna para excusarse de reglamentar una ley si así ha sido ordenado por el Legislador o por el Constituyente, teniendo en cuenta, asimismo, los alcances del principio de legalidad”
El Ministerio de Obras Públicas y Transporte deberá acatar lo dictado por el Tribunal en un plazo de dos meses.