El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este lunes, en primer debate, un proyecto de ley de la diputada presidenta, Silvia Hernández Sánchez, para reforzar la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos.

Se trata del expediente 22.333, que modifica la ley 8220 en seis de sus artículos y le introduce seis nuevos, con el fin de cubrir los vacíos que habían quedado en la legislación.

De acuerdo con la diputada Hernández, con esta legislación se espera reducir la cantidad de trámites y el tiempo de respuesta para los ciudadanos.

La reforma, que recibió voto afirmativo de los 43 diputados presentes, da rango de ley al Catálogo Nacional de Trámites que actualmente está regulado por decreto, y con el cual se centralizan los trámites requeridos por las instituciones estatales.

Asimismo, la figura del silencio positivo aplicará de pleno derecho al transcurrir el plazo previamente establecido para que la administración se pronunciara sobre determinada gestión y no lo hiciera.

Con la reforma, para aplicarlo de forma automática bastará con que el ciudadano señale mediante declaración jurada que la Administración no resolvió dentro del plazo correspondiente y que él o ella cumplió con los requisitos para el otorgamiento de la solicitud realizada. Dicha declaración podrá ser presentada ante notario público, firmada en presencia del funcionario en cuestión, o mediante un documento que tenga firma digital para que sea válido.

Una vez presentada la declaración jurada, la Administración estará obligada a emitir la resolución o acto administrativo que confirma el permiso, licencia o autorización que se había solicitado, en un plazo no mayor a dos días hábiles.

Quedan exceptuados de la aplicación del silencio positivo las licencias, permisos y autorizaciones en materia de salud pública y ambiente y aquellas materias en las que por disposición constitucional, legal o jurisprudencia judicial expresamente así lo indiquen. Cada institución deberá señalar expresamente en el Catálogo Nacional de Trámites para qué casos específicos no resulta aplicable esta figura, bajo pena de incurrir en una falta administrativa por parte del Oficial de Simplificación de Trámites.

Asimismo, esta iniciativa habilita que para el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones o cualquier otro trámite requerido por el administrado, incluyendo la materia de salud, ambiente y autorizaciones municipales, las entidades u órganos de la Administración puedan conceder aprobaciones temporales sujetas al cumplimiento de requisitos posteriores en un plazo de hasta seis meses, en los casos que cada una lo defina.

Por otro lado, se enlistan una serie de faltas que se considerarán graves o muy graves por parte de funcionarios públicos que incumplan con la ley de simplificación de trámites; y dentro de un plazo de seis meses posterior a la entrada en vigencia de esta ley, los trámites al usuario deberán registrarse en el Catálogo Nacional de Trámites, pues al vencimiento de este plazo la solicitud de requisitos que no se encuentren publicados en dicho catálogo se sancionará como falta grave con suspensión sin goce de salario o remuneración de cualquier clase o forma de tres a ocho días.

Las faltas muy graves se castigarán con suspensión sin goce de salario o remuneración de cualquier clase o forma de ocho a treinta días; y el despido sin responsabilidad patronal procederá contra quien haya sido sancionado en más de dos ocasiones por faltas muy graves, en el plazo de un año.

“El proceso de simplificación de trámites y mejora del marco regulatoria, constituye a todas luces una prioridad nacional, si deseamos vencer la corrupción, lograr un Estado eficiente, promover la competitividad de nuestras empresas. Esta propuesta de ley representa un esfuerzo adicional para eliminar los trámites innecesarios y ofrecer servicio de altura, a la altura de la exigencia y de la dignidad de los costarricenses”, indicó la diputada Silvia Hernández.

El proyecto se votará en segundo debate este jueves 13 de octubre.

Breves

Con 38 votos a favor y 0 en contra, se aprobó en primer debate el expediente 22.010 "Rectificación de límites entre los cantones de Guácimo y Pococí en el sector de Colorado Oriente (Línea Vieja, Coopemalanga, San Gerardo, La Aurora, La Morenita, Los Palmares, Caño Sirena, Finca Thames, Finca Lomas, Milla Cuatro, Jalova, Lomas de Sierpe y El Zancudo)".

Con 38 votos a favor y 0 en contra, se aprobó en primer debate el expediente 22.179 "Reforma de la Ley N° 7531 del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional". Con esta reforma, los fondos que administra Jupema podrán usarse para patrocinar y/o participar como inversionista en proyectos de infraestructura pública o privada en territorio nacional, de conformidad con la legislación nacional y lo que al efecto establezca la normativa emitida por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero y la Superintendencia de Pensiones, hasta un máximo del 20% de la totalidad del Fondo. Podrá invertir en proyectos de infraestructura pública y privada, cuando se ha superado la etapa de factibilidad y se cuente con los permisos y estudios necesarios para iniciar obras. Asimismo, puede ser el estructurador de estos proyectos.