La sede costarricense del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) envió este miércoles una guía para que personas solicitantes de refugio en Costa Rica puedan vacunarse contra la COVID-19.

La guía se presenta solo una semana después de que la Presidencia de la República y la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) anunciasen que las personas mayores de 18 años extranjeras y migrantes que logren demostrar su arraigo con Costa Rica, ya pueden acercarse a las distintas Áreas de Salud para recibir la vacuna.

Ante ello y como las condiciones para acceder a la vacuna pueden variar tanto entre una situación y otra, ACNUR realizó una guía con los principales aspectos del trámite que debe tener en cuenta una persona en esta situación para así acceder a la vacunación.

El detalle de los procesos para cada tipo de caso, se los detallamos a continuación:

Personas que cuenten con documento solicitante de refugio:

  1. Estas personas deben presentarse en la oficina de Validación de Derechos, de Registros Médicos o de Estadística del Área de Salud de la Caja Costarricense de Seguro Social más cercana a su domicilio, para realizar el proceso de "identificación”.  
  2. Posteriormente deberán acudir al centro vacunatorio correspondiente para realizar el trámite para la aplicación de la vacuna, según disponibilidad de dosis.

Personas que  hayan gestionado su cita para solicitar refugio antes del 15 de setiembre y aún no tengan el carnet:

  1. Estas personas deben completar el formulario en línea https://enketo.unhcr.org/x/DpInEtytC y seleccionar la opción “Solicitud de Certificado para Programa de Vacunación COVID-19”. A su vez, y en caso de no tener acceso a internet, la persona puede comunicarse con la línea gratuita del ACNUR 800-REFUGIO (800-7338446), para que se le emita un Certificado que le facilite el acceso a la vacunación. La cita será verificada con las autoridades de la Dirección General de Migración y Extranjería para corroborar su validez. 
  2. Posteriormente, deben presentar la certificación emitida por ACNUR en la oficina de Validación de Derechos, de Registros Médicos o de Estadística del Área de Salud de la Caja más cercana a su domilicio.
  3. Finalmente y como en el caso anterior, deben acudir al centro vacunatorio correspondiente para aplicarse la vacuna.

En todos los casos, la persona deberá brindar su autorización para compartir con el Ministerio de Salud y con la Caja Costarricense de Seguro Social, algunos datos personales como su nombre, su edad y sus medios de contacto. 

Según señaló el Alto Comisionado, después de completar el formulario en línea, el departamento de Registro del ACNUR se pondrá en contacto con las personas interesadas en un plazo de 3 a 5 días para la entrevista de registro y, luego de obtener los documentos y fotos necesarias, se emitirá el certificado que se deberá presentar en las oficinas de la Caja.

Este será el único requisito que las personas solicitantes de refugio deberán presentar en los establecimientos de salud.

Dicho certificado se enviará por WhatsApp o correo electrónico o, si las personas así lo prefieren, podrán recibirlo impreso en las oficinas del ACNUR en San José o en Upala.

Finalmente, y en caso de que se presente algún obstáculo para vacunarse al momento de presentar el certificado de ACNUR, la oficina habilitó el siguiente formulario para denunciar la situación ocurrida: https://enketo.unhcr.org/x/yJ8ymIAb  

A su vez, si su problema ocurriese en un centro de salud de la Caja Costarricense del Seguro Social, el afectado debe presentar su reclamo en la oficina de la Contraloría de Servicios de este centro y, de igual manera, completar el formulario que anterior para que tanto la Caja como ACNUR puedan dar seguimiento y respuesta al caso.