Un docente de religión del Colegio Superior de Señoritas y el Liceo de Moravia ganó dos recursos de amparo contra el Ministerio de Educación Pública (MEP). El primero fue por la falta de apoyo recibido para cumplir con los requisitos planteados por el MEP para el presente curso lectivo  con su discapacidad visual, mientras que el segundo lo ganó porque la Sala encontró que las autoridades del MEP no cumplieron con lo que se les había ordenado y por tanto encontró en desacato a la ministra de Educación, Giselle Cruz Maduro, a su viceministra Académica, Melania Brenes Monge, y a otras tres personas funcionarias del viceministerio.

El caso se remonta a febrero de este año cuando el docente Esteban Díaz Pérez presentó un recurso de amparo contra el MEP porque se le exigía realizar evaluaciones personales a sus estudiantes sin considerar la discapacidad visual de Díaz Pérez.

Según alegó Díaz Pérez, las directrices que ha dado el MEP para el cumplimiento de la modalidad mixta del curso lectivo 2021 exigen que realice las evaluaciones de cada uno de los más de 900 estudiantes que llevan sus clases, sin haberle dado las herramientas apropiadas para realizar estas tareas con su discapacidad visual.

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En el amparo, el docente Díaz argumentó que los sistemas informáticos utilizados por el MEP (Microsoft 365 y Microsoft Team) no son inclusivos ni le permiten cumplir con las obligaciones definidas en las directrices de evaluación del MEP para este curso lectivo.

A pesar de que el MEP había asignado una docente para asistir a Díaz para realizar las evaluaciones, la Sala consideró que esta asistencia había sido asignada de forma temporal, por lo que no resolvía el problema del docente de manera permanente, por lo que condenó al MEP a dar una solución definitiva y permanente al docente.

Según consta en la resolución 2021007473 de la Sala Constitucional, se ordenó a las autoridades del MEP por este caso “adoptar las medidas necesarias (…) para que se evalúe el caso del amparado y se determinen cuáles son los requerimientos técnicos, tecnológicos y de apoyo humano que requiere para asistir el desempeño de su labor docente como profesor de religión y, que los mismos le sean proveídos de manera permanente”.

Sin embargo, las autoridades ministeriales no cumplieron con el mandato de la Sala en el plazo establecido, por lo que Díaz Pérez reclamó el 4 de mayo la falta de cumplimento del MEP ante la Sala Constitucional, y esta encontró en desobediencia a las autoridades del MEP el pasado 1 de junio, según consta en la  resolución 202112525. En esa resolución la Sala le recuerda a las jerarcas del MEP su obligación de cumplir con lo dispuesto en la sentencia 2021007473 "bajo la advertencia de ordenar la apertura de un procedimiento administrativo disciplinario con base en lo dispuesto el artículo 53, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en caso de no hacerlo; y, además, testimoniar piezas al Ministerio Público conforme lo dispuesto en el artículo 71, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional".

Sobre su situación, Díaz Peréz señaló: "los docentes con discapacidad, hacemos un enorme esfuerzo por desarrollar desde el aprendizaje constante que se gesta en nuestras realidades y el acompañamiento desde la mediación educativa, sin embargo, no es sencillo hacerlo, sobre todo en un entorno que exige calidad pero, no da los insumos y condiciones para realizarlo, resultando de esto un contexto donde la  sobrecarga laboral al docente se evidencia y magnifica con los múltiples procesos administrativos".

Delfino.cr consultó al Ministerio de Educación su posición sobre este caso y sobre el señalamiento por desobediencia de la Sala Constitucional a la ministra de Educación desde el 4 de junio, sin embargo, al cierre de esta nota no se ha recibido una respuesta a las consultas realizadas.

El 10 de junio a las 11:27 a.m. el MEP compartío con Delfino.cr la solicitud que realizó a la Sala Constitucional el día 9 de de junio indicando las acciones tomaas para atender la sentencia y solicitando que se diera por cumplido lo ordenado por la Sala.

Esta nota fue actualizada el 12 de junio a las 00:00 para incluir el oficio compartido por el MEP con la solicitud de cumplimiento.