El Tribunal Contencioso Administrativo resolvió el día de ayer que los tiburones martillo son especies comerciales cuya gestión debe estar a cargo del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA).
Desde el año 2016, el abogado especialista en temas ambientales, Walter Brenes, demandó al Estado, al Incopesca y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) por permitir la pesca del tiburón martillo, especie en peligro de extinción en territorio costarricense.
Bajo el expediente 17-008322-1027-CA - 9, el Tribunal Contencioso Administrativo ha rechazado las solicitud de Brenes donde se pedía:
- Que se elimine la declaratoria de interés pesquero declarada en agosto del 2017 sobre las poblaciones de Tiburón Martillo.
- Que se le ordene al Sinac la incorporación del Tiburón Martillo en el listado de especies de fauna silvestre en peligro de extinción.
- Que se le ordene al Sinac, Incopesca y al Estado la adopción de las medidas necesarias para restringir la captura, restricción y descarga del Tiburón Martillo.
- Que se le ordene al Minae/ Estado el nombramiento de inspectores de vida silvestre para que trabajen en actividades de manejo, control y protección del Tiburón Martillo.
¿Las razones?
Walter Brenes se apoya en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Cites), donde el tiburón martillo figura en el apéndice ll destinado a especies que no están necesariamente amenazadas de extinción pero que podrían llegar a estarlo a menos que se controle estrictamente su comercio.
El Contencioso Administrativo señaló que si bien las especies de tiburón martillo citadas son vida silvestre y de población reducida, la declaración de especie en peligro de extinción, sería inocua. Además indica que La Ley de Conservación de Vida Silvestre, permite que, al mismo tiempo de ser declarada de población reducida, una especie pueda también declarada de interés pesquero y como tal, explotada comercialmente.
La CITES prohíbe la explotación de ninguna especie de las integrantes del Anexo II, sino que regula en mayor o menor grado, su comercio entre países y la internación de esas especies en el territorio de los países miembros", agrega la resolución.
Además, el tribunal añade que no se demuestra que Incopesca ejerza una menor protección sobre la especie en caso de ser el SINAC la encargada.
Cabe resaltar que Ameliarueda.com pueblicó en noviembre de 2020 que las poblaciones de tiburón martillo del Pacífico de Costa Rica podrían estar en una situación delicada, según sugieren datos del Incopesca. La información muestra que, entre 2017 y 2019, la cantidad de tiburones martillo descargados en puertos nacionales se desplomó en un 94%, lo que podría ser una señal de sobrepesca.
En la resolución N° 38-2021, también se explica que no se probó que no se tomaran acciones efectivas para la protección de esas especies, por tanto se desestimó esa petición. Del mismo modo la iniciativa de nombrar inspectores, puesto que no se tuvo por probado que esos nombramientos mejoren los procedimientos.
Debe tenerse claro que el Estado y sus instituciones tienen el deber ineludible de proteger por medio de normativa, políticas públicas y prácticas administrativas de proteger las especies marinas y su sostenibilidad en el tiempo, teniendo a la mano infinidad de recursos legales para limitar y aún prohibir la pesca y comercialización a nivel interno de ese recurso, no debiéndose interpretar que la declaratoria de la improcedencia de esta acción judicial signifique un cheque en blanco para una explotación insostenible de esas especies", advierte el tribunal.
El testigo de la parte actora y consultor en política de conservación marina, Randall Arauz, califica la resolución como un balde de agua fría para las personas que pretenden el manejo y la conservación de los tiburones en base a la información científica.
Lo que más cuesta aceptar es la violación flagrante de los acuerdos internacionales para evitar el comercio internacional ilegal de productos restringidos, como las aletas de tiburón martillo, que se descargan y comercian en puertos costarricenses cotidianamente sin control alguno”, se lamentó.
Por su parte, el abogado Walter Brenes dijo que recurrirán hasta la última instancia e insistirán en la protección de la especie.
No vamos a aceptar la inminente extinción de los tiburones por parte de una institución entregada a las actividades extractivas sin control que ha derivado en una situación irrefutable de sobrepesca que amenaza toda nuestra sociedad”.
En 2019, el tiburón martillo entró en la lista de especies bajo peligro crítico de extinción. A nivel mundial, su población disminuyó en 80% durante los últimos 30 años.
El medio de comunicación especializado en medio ambiente, Mongabay, explica que los tiburones tienen una larga vida, pero crecen lentamente y alcanzan su madurez sexual tardíamente por lo que comienzan a reproducirse a avanzada edad. Además, tienen largos períodos de gestación y bajas tasas reproductivas. Es por ello que cuando las poblaciones de tiburones son sobreexplotadas, estas generalmente requieren de muchas décadas para recuperarse.
¿Silvestres o Comerciales?
Para entender este complejo caso hay que recordar que los tiburones martillo volvieron a ser especies silvestres y ya no comerciales en 2020, luego de que un fallo de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. El fallo se dio a conocer el mes de noviembre de 2020, cuando se derogó el Decreto Ejecutivo 40.379 firmado por la Presidencia de la República, el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y el de Agricultura y Ganadería (MAG) el 28 de abril del 2017.
En ese caso se explica que MarViva demandó al Estado ante el Tribunal Contencioso Administrativo en 2017, pues para la organización el decreto era nulo al no haber respetado el procedimiento de consulta obligatorio para la emisión de un decreto que implica efectos a terceros.
Pero, tal decisión se dio por una falta al artículo 361 de la Ley General de Administración Pública, donde se sostuvo en la falta de la audiencia. Es decir, el caso en ese momento se resolvió por un asunto administrativo, sin que la Sala entrara a analizar ninguna competencia porque ese no fue el planteamiento.
En diciembre anterior el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) reinició el camino para revivir el decreto anteriormente anulado. El 16 de febrero quedó en firme cuando el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), el MAG y junto al presidente emitieron el Decreto N° 42842-MINAE-MAG, esta vez con la audiencia debida.
El nuevo reglamento, idéntico al antiguo decreto promulgado durante la administración Solís Rivera, permite al Incopesca decidir cuáles especies son de interés comercial, incluso si están amenazadas. Con dicha potestad, el Incopesca creó una lista de especies de interés pesquero, en la cual incluyó a los tres tipos de tiburón martillo que se encuentran en Costa Rica, al tiburón ballena y al tiburón mako, todos en condición de amenaza.
Vía Asamblea
En la corriente legislativa actualmente se encuentra el proyecto de ley 21. 754 que pretende otorgar a los tiburones en aguas costarricenses la clasificación legal de “vida silvestre”, con el objetivo de prevenir su pesca excesiva.
Con el apoyo de 16 personas diputadas, la iniciativa pretende modificar el Artículo 1 de la Ley de Conservación de Vida Silvestre (Ley 7317). La idea es que el artículo señale que la ley sí aplica en caso de especies bajo amenaza o en peligro de extinción basándose en la Unión Internacional Para la Conservación de la Naturaleza (UICN) o la Convención Sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES) de las que Costa Rica forma parte.
Varios de los legisladores mostraron su disgusto debido a que el Poder Ejecutivo no ha decidido convocar el proyecto a las sesiones extraordinarias.
Por ejemplo, el diputado del Frente Amplio, José María Villalta Florez-Estrada, comentó en un video que se debe reconocerse nuevamente las especies de tiburón como vida silvestre para que las autoridades científicas del país y de conservación ambiental tengan las herramientas necesarias para protegerlas y frenar prácticas de comercialización e incentivo a la pesca ilegal.
Esto es importante, porque el gobierno de la República ha venido admitiendo resoluciones administrativas que autorizan la comercialización de especies de tiburón pescadas en nuestros mares a pesar de que deberían estar protegidas, y al excluir al Ministerio de Ambiente y Energía y a las autoridades científicas de CITES, se abren las puertas para que se sigan matando y exterminando las especies de tiburón que sabemos son fundamentales para la sostenibilidad de los ecosistemas marinos".