El Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo anuló, este miércoles, una sentencia emitida por el juez Alcevith Godínez Prado que derogó varios decretos antiguos emitidos por el Poder Ejecutivo, promulgando la restricción vehicular sanitaria por la pandemia de COVID-19. 

Según informó la Procuraduría General de la República, ente que funge como Abogado del Estado, la sentencia fue revocada por la Sección Primera del Tribunal de Apelaciones mediante el voto 024-2021-I de las 11 am, tras acoger la falta de interés actual alegada por el Estado.

"Los decretos que suspendió el Lic. Alcevith Godínez se encontraban derogados al momento de dictarse la sentencia. Ergo, el interés ya había desaparecido", citó la PGR.

El caso se remonta a finales del 2020 cuando un grupo de alcaldes acudió al Tribunal Contencioso Administrativo a pedir la nulidad de los decretos ejecutivos 42.524 (restricción nocturna) y 42.525 (restricción diurna). El juez acogió la solicitud y derogó ambos decretos mediante la sentencia 552-2020.

Ante la duda de si la decisión judicial implicaba que la restricción había quedado anulada, Godínez afirmó que la medida quedaba totalmente eliminada; sin embargo, el Estado sostuvo que los decretos anulados ya no estaban vigentes y que por ende la restricción continuaba.

La disputa fue llevada ante el Tribunal de Apelaciones, el cual confirma ahora la posición del Estado.