La Sala III de la Corte Suprema de Justicia acogió la solicitud de desestimar la acusación de prevaricato contra el diputado del Partido Acción Ciudadana (PAC), Wélmer Ramos González. La solicitud fue presentada por la fiscala subrogante, Paula Guido Howel, quien consideró que los hechos por los que se acusaba a Ramos no configuran una conducta delictiva.
Ramos era investigado desde agosto del 2018 por haber anulado en 2015 una sanción de ₡12.000 millones a BAC Credomatic. La sanción había sido impuesta en enero del 2013 por la Comisión para la Promoción de la Competencia (Coprocom) por prácticas anticompetitivas, realizadas entre 2004 y 2005.
El caso
En 2014, cuando Ramos era el jerarca del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, recibió la visita de la entonces procuradora General de la República, Ana Lorena Brenes Esquivel y otros dos funcionarios de la Procuraduría General de la República, quienes le indicaron que la sanción establecida a BAC Credomatic tenía una contrademanda por parte del grupo bancario, en la cual el Estado podía perder ₡1.200 millones (una décima parte de la multa establecida) y que en criterio de la Procuraduría ese caso estaba perdido y de aplicarse la sanción traería consecuencias al Estado.
Posterior a esa visita, Ramos envió la consulta DM-709-14 solicitando a la Procuraduría que emitiera un dictamen vinculante sobre el caso, al cual Julio Mesén Montoya, procurador de Hacienda, contestó con un dictamen favorable para la anulación de la sanción impuesta.
Tras conocer ese oficio, Ramos procedió a emitir el informe DM012-2015 en la cual anulaba la sanción económica impuesta por la Coprocom al BAC Credomatic, liberando así a la empresa del pago de la multa.
¿Qué dijo la Sala III?
La investigación contra Ramos se fundamentaba en el hecho de si como ministro de Economía tenía la autoridad de anular la sanción que había sido impuesta por la Coprocom, lo cual tanto la fiscal subrogante como la Sala consideraron que era una interpretación incorrecta. La Sala señaló en su sentencia:
La interpretación que se hace en la denuncia, no es correcta, ya que la desconcentración máxima no implica abstraerse de todo control por parte del superior jerárquico, sino que, la propia ley y los dictámenes referidos, preceptúan los casos en los cuáles esa potestad superior sí procede.
Desde que se conoció la investigación de la Fiscalía, Ramos defendió su accionar señalando que él siguió los criterios legales que le decían que la sanción debía ser anulada, y la decisión de la Sala III le da la razón al actual diputado señalando:
Esta Sala de Casación Penal determina que la actuación del aquí investigado Welmer Ramos González se dio dentro del marco de legalidad y constitucionalidad correspondiente, sin que exista una conducta delictiva que imputar.”
La desestimación fue firmada por los magistrados Patricia Solano Castro (presidenta de la Sala), Álvaro Burgo Mata, Gerardo Rubén Alfaro, Sandra Zúñiga Morales y Jorge Desanti Henderson (en suplencia de Jesús Ramírez).