La Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa acogió un texto sustitutivo y dictaminó de forma positiva el Proyecto de Ley 21745 que permite la publicidad y el patrocinio de bebidas con contenido alcohólico en el deporte. Este dictamen permitirá que el proyecto tenga luz verde para llegar al plenario y ser discutido por todos los legisladores.

Este proyecto de ley, presentado por los diputados Roberto Thompson y María José Corrales en mayo del 2018, es el segundo en fila que pretende facultar el patrocinio de marcas de bebidas alcohólicas en los uniformes y escenarios deportivos.

En julio de este año, los diputados de la Comisión de Gobierno y Administración también dictaminaron afirmativamente el proyecto de "Ley de Patrocinio en el Deporte Nacional", presentado por el diputado Erwen Masís y que se tramita en la Asamblea Legislativa bajo el expediente 21663.

Con respecto al dictamen más reciente, el texto del Proyecto de Ley 21745 propone que el Ministerio de Salud tenga a su cargo la regulación de este tipo de publicidad efectuada por cualquier medio de comunicación a título gratuito o mediante pago, antes de ser divulgada.

Dado el caso que se apruebe en el plenario legislativo, se permitirá el patrocinio deportivo por parte de las empresas productoras, comercializadoras o distribuidoras de bebidas con contenido alcohólico a toda organización, entidad o persona dedicada a la práctica del deporte.

Este patrocinio podrá ser aprovechado por las marcas bebidas con contenido alcohólico, en publicidad relacionada con el deporte, así como en vallas publicitarias en los estadios y gimnasios, rotulación de uniformes, medios de transporte utilizados para competencias y artículos deportivos de todo equipo.

Los diputados aclararon que será prohibido el uso de marcas o nombres de bebidas alcohólicas, en todos los medios mencionados,  si van dirigidas hacia menores de edad.  Aunado a los beneficios económicos del patrocinio, la iniciativa permitirá la creación del Fondo Nacional para el Deporte de Alto Rendimiento.

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) será el encargado de recibir los recursos económicos de este fondo, que será alimentado por un impuesto del 5% sobre los contratos publicitarios. 

Posterior a la transferencia, el ICODER tendrá 15 días hábiles para trasladar los recursos al Comité Olímpico Nacional de Costa Rica. Dicho ente administrará los fondos y destinará en forma exclusiva los recursos para la adquisición, contratación de bienes y servicios destinados a la construcción de infraestructura y equipamiento de inmuebles deportivo.