El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó con 33 votos a favor y 10 en contra la dispensa de trámites (artículo 177 del Reglamento) al expediente 22.134 que pretende devolver la multa por violar la restricción vehicular sanitaria a su estado previo a la reforma aprobada al inicio de la crisis por la COVID-19.

La iniciativa fue originalmente suscrita por 28 diputados, sin embargo, a la hora de votar la dispensa solo las fracciones del Partido Acción Ciudadana y Frente Amplio votaron en contra. Para aprobarse se necesitaba que la mitad más uno de los presentes votara afirmativamente, y así ocurrió.

Con la dispensa aprobada, el proyecto no pasará por el estudio de una comisión legislativa, sino que pasará directo al Plenario. Allí se discutirá por el fondo el expediente, se conocerán las mociones que sean presentadas y se votará en un plazo más corto que en el trámite ordinario.

Como justificante del proyecto los proponentes señalan que un total de 8597 multas y 7791 retiros de placa por violar la restricción vehicular sanitaria han sido impugnadas, cifras que para ellos demuestran que "la restricción se sigue irrespetando sin importar la multa que se genere [y por ende] no es este un medio efectivo para promover el cumplimiento de las medidas sanitarias". Sí, la solución al "irrespeto de las medidas sanitarias" es, precisamente, flexibilizar el castigo...

Los diputados alegan además que las sanciones por la falta debían ser por un plazo temporal (pese a que ellos no establecieron esa temporalidad en la ley que aprobaron), y que en su lugar ha sido aplicada de forma más severa, "restringiendo el derecho de circulación por plazos desproporcionales (sic.) y arbitrarios, sin que medien datos técnicos y/o científicos que demuestren la efectividad de la medida en la lucha contra la pandemia del COVID 19, así como tampoco se ha demostrado la necesidad de la medida de restricción vehicular; y sin existir claridad en el efecto de la medida en la movilización de las personas".

Esta reforma viene a hacer un llamado a la razonabilidad, y a la proporcionalidad entre las medidas sanitarias y las medidas económicas que necesitamos para dar la posibilidad, no solo de que se cuente con salud, sino con sustento en los hogares de los costarricenses.

Si se aprueba tal y como se presentó, violar la restricción vehicular sanitaria será considerado multa de categoría E (₡22.187,93) en lugar de multa categoría C (₡104.600,25). También se elimina la sanción de acumular seis puntos en la licencia y el retiro de placas del vehículo.

Otro proyecto al que se le aprobó una dispensa de trámites fue el expediente 21.929, el cual consiste en un crédito por 475 millones de dólares para financiar proyectos de infraestructura vial negociada con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Con esos recursos se pretende financiar: 1) la ampliación del tramo Taras–La Lima en Cartago y sus cargos asociados; los estudios de factibilidad de la nueva vía a San Carlos; 2) el fortalecimiento técnico e institucional al MOPT, el Consejo Nacional de Concesiones y el propio Ministerio de Hacienda para desarrollar proyectos en Alianzas Público-Privadas; otras capacitaciones para innovación, sostenibilidad y género en esas instituciones y 3) estudios y diseños de la nueva vía a San Carlos.

El proyecto dispone que si los estudios de factibilidad de la nueva vía a San Carlos llegan a concluir que no es factible financiar ese proyecto, los recursos destinados a ese fin podrán ser redireccionados a otros proyectos prioritarios de infraestructura.

38 diputados dieron su voto afirmativo y ninguno se opuso. Aunque la discusión por el fondo en primer debate inició este mismo miércoles, la lista de oradores no se agotó antes de que la sesión se tuviese que terminar por lo que el análisis continuará mañana.

Por otro lado, se aprobó en primer debate el expediente 21.641 que reforma la Ley de Tránsito para que los propietarios de automóviles que sean decomisados por alguna infracción, cuenten con un plazo de tres meses para hacer el reclamo correspondiente, pues de lo contrario el Consejo de Seguridad Vial efectuará ante el Registro Nacional de la Propiedad, el trámite de entrega de placas y desinscripción del bien para proceder a alguna de las tres vías siguientes:

  • Gestión de residuos: cuando el valor de Hacienda del vehículo no reclamado, sus partes o su chatarra sea inferior a tres salarios base, la autoridad competente lo deberá gestionar como residuo, según lo establecido en la Ley para la Gestión Integral de Residuos y la normativa complementaria, estando autorizado al efecto para realizar las contrataciones que estime necesarias y asegurando la destrucción total del bien mueble, sus partes o su chatarra de manera correcta.
  • Donación de vehículos: cuando el valor de Hacienda del vehículo no retirado sea superior a tres y menor a seis salarios base se procurará en primer término la donación al Ministerio de Seguridad Pública, al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), al Benemérito Cuerpo de Bomberos o a alguna organización de bienestar social, a escuelas o colegios públicos o municipalidades.
  • Remate: La autoridad competente podrá acudir directamente al procedimiento de remate establecido en los artículos 49 y siguientes de la Ley de Contratación Administrativa cuando se trate de vehículos que se encuentren aptos para la circulación y el valor de hacienda sea superior al equivalente de seis salarios bases, siendo esa la base del remate, salvo que se determine que el vehículo es necesario para el cumplimiento los fines y la satisfacción del interés público de las instituciones indicadas en el inciso anterior.

Finalmente, se aprobó en primer debate por segunda vez el expediente 21.637 que contiene la moratoria al Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el sector construcción.

Tras la redacción corregida luego del veto del Poder Ejecutivo, el texto establece que todos los servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción de obra civil, prestados a proyectos registrados y/o visados por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica independientemente de la fecha de registro y visado, estarán sujetos a los siguientes beneficios tributarios del Impuesto sobre el Valor Agregado:

  • A partir del día siguiente de la Ley y hasta el 31 de agosto de 2021, inclusive: exención del 100%.
  • Del 1 de septiembre de 2021 al 31 de agosto de 2022, inclusive: tarifa del 4%
  • Del 1 de septiembre de 2022 al 31 de agosto de 2023, inclusive: tarifa del 8%.

A partir del 1 de setiembre de 2023, todos estos servicios pasarán a estar gravados con la tarifa general de 13%. La aplicación de la exención y las tarifas reducidas se realizará independientemente del tratamiento tributario que haya correspondido a estos servicios del 1 de julio de 2019 a la entrada en vigencia de la Ley.

Breves

— El diputado y secretario general del Partido Liberación Nacional (PLN), Gustavo Viales Villegas, presentó este miércoles a la Asamblea Legislativa el proyecto de ley 22.177 con el cual pretende reducir el monto de la deuda política para las elecciones del 2020, así como el plazo durante el cual los gastos de las agrupaciones políticas serán reconocidos por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). La iniciativa ya tiene el apoyo de Restauración Nacional, quien mediante un audio enviado a la prensa informó que veía como 'positivas' las reformas planteadas.

— Representantes de la Cámara de Empresas Distribuidoras de Energía y Telecomunicaciones, se pronunciaron en contra del expediente 22.009 Ley para la promoción y regulación de recursos energéticos distribuidos a partir de fuentes renovables al señalar que para el 99% de las familias costarricenses lo que trae es perjuicio, ya que las tarifas eléctricas sufrirían un aumento al tener que cargar en menor cantidad de personas los costos de generación eléctrica.

— El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz Castro, afirmó a los diputados de la Comisión de Gobierno y Administración que el expediente 21.336 Ley Marco de Empleo Público violenta la independencia judicial por el rol que tendría el Ministerio de Planificación Nacional en el funcionamiento del Poder Judicial, especialmente en contra de las tareas del Ministerio Público para perseguir casos de corrupción y someter al Poder Judicial a decretos o decisiones del Poder Ejecutivo.

— La subcomisión de Hacendarios que analizará el proyecto de ley de presupuesto nacional para el 2021 estará conformada por los diputados Gustavo Viales Villegas (PLN, coordinador), Otto Roberto Vargas Víquez (PRSC), Laura Guido Pérez (PAC), Carlos Avendaño Calvo (PRN) y María Inés Solís Quirós (PUSC).

— La Comisión de Asuntos Sociales dictaminó afirmativamente el expediente 21.265 que plantea incluir la variable nutricional en la canasta básica, de modo que productos de alto valor nutricional pero que no son consumidos por los estratos de menores ingresos de la población, también estén sujetas al IVA del 1% y no del 13%. El texto aprobado dispone que la canasta básica tributaria será definida mediante decreto ejecutivo emitido por el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), el Ministerio de Salud y el Ministerio de Agricultura y Ganadería, previa consulta con el Colegio de Profesionales en Nutrición de Costa Rica y las asociaciones de Consumidores debidamente registradas.