El Ministro de Salud, Daniel Salas Peraza, detalló este viernes en conferencia de prensa, cuáles son los servicios o comercios en los que se debe usar mascarilla o careta de forma obligatoria a partir de mañana sábado.

La medida se toma en paralelo con la nueva fase de apertura que está programada para este fin de semana en los distritos que se mantienen en alerta amarilla.

La mascarilla será obligatoria para:

  • Toda persona que atienda público, en el caso de restaurantes siempre debe ser mascarilla por la posición elevada de quien toma el pedido.
  • Clientes y choferes de transporte público remunerado de personas dentro de los vehículos, y recomendado en estaciones y paradas. La empresa autobusera tendrá la rotulación respectiva sobre el uso correcto de la mascarilla.
  • Asistentes y quienes ofician actos religiosos.
  • Asistentes a teatros y cines.
  • Las personas que visiten centros de salud, cárceles, centros de atención de personas que consumen sustancias psicoactivas o centros de atención de población que posea factores de riesgo.
  • Los cuidadores de personas adultas mayores y de personas con discapacidad, especialmente quienes prestan este servicio en asilos, hogares de ancianos y otras alternativas residenciales.
  • Personas que laboran en call centers (centros de llamadas) que comparten cubículos de trabajo.
  • Clientes de bancos.

El Ministerio agregó que el personal de atención al público que cuente con barreras físicas (vidrios, acrílicos, polietilenos), no está obligado a utilizar careta o mascarilla.

Además, si una evaluación de riesgos realizada por la propia empresa lo considera oportuno, éstas pueden ser utilizadas como parte del equipo de protección personal.

Las mascarillas pueden ser quirúrgicas o de tela y las caretas deben tener cobertura facial general, ya que es importante que cubra adecuadamente boca y nariz.

Dato D+: Repase las recomendaciones del uso de mascarillas realizado por el Ministerio de Salud, aquí: Salud anuncia recomendaciones para el uso de mascarillas.