VISITE NUESTRA PÁGINA ESPECIAL
COVID-19: todo lo que debe saber sobre la nueva enfermedad en una sola página

La Universidad de Costa Rica informó el día de hoy que su Centro de Coordinación Institucional de Operaciones acordó solicitar a todos los docentes suspender de forma inmediata las clases presenciales e implementar la modalidad de enseñanza virtual a raíz de la evolución epidemiológica por la enfermedad COVID-19 en el país.

La casa de estudios recordó a los docentes que pueden utilizar la plataforma institucional Mediación Virtual para llevar a cabo las clases virtuales.

Adicionalmente, en el caso de cursos prácticos, que por su naturaleza no pueden realizarse de forma virtual, se deberá analizar la situación con la Dirección de la Escuela o Facultad que corresponda.

También se tomó la medida de solicitar a todas las jefaturas del personal administrativo que implementen de forma inmediata la modalidad de teletrabajo, exceptuando aquellos casos en los que por su naturaleza se requiera la presencia de las personas en el centro de estudios.

Para aquellos trabajadores que deban continuar asistiendo a la universidad y presenten síntomas de gripe, la UCR acogió las disposiciones del Ministerio de Trabajo y Ministerio de Salud, por lo que permitirá a esos trabajadores ausentarse por cinco días, con la presentación de una declaración jurada en la que cada persona deberá dar fe de que durante ese periodo de tiempo se mantendrá en su casa de habitación y durante ese periodo no podrá realizar diligencias personales o actividades de ocio, y recomienda que en caso de que los síntomas persistan las personas se presenten a un centro de salud de la Caja Costarricense del Seguro Social.

Otras de las medidas anunciadas incluyen:

  • Los autobuses internos podrán transportar una carga máxima de personas
    equivalente al 70% de su capacidad.
  • Recomendar a las autoridades de la Vicerrectoría de Acción Social (VAS)
    suspender todas las actividades del Programa Integral de la Persona Adulta y Adulta Mayor (PIAM) hasta nuevo aviso.
  • Suspender hasta nuevo aviso la asistencia de público a las actividades deportivas, recreativas y espectáculos culturales.