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COVID-19 en Costa Rica: 23 casos confirmados, 206 descartados
El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este jueves, casi por unanimidad, cerrar el acceso al público hasta el próximo 3 de abril con el fin de evitar que los diputados caigan enfermos de COVID-19, causada por el nuevo coronavirus.
La medida recibió 43 votos a favor y 1 en contra, siendo este último del diputado Wálter Muñoz del Partido Integración Nacional, médico de profesión, pero quien no explicó el motivo de su voto negativo.
Los diputados sustentaron esta medida excepcional en que es indispensable evitar que el funcionamiento de la Asamblea Legislativa, como Poder de la República encargado del proceso de formación de la Ley y del ejercicio del control político, se vea amenazado por la proliferación del COVID-19.
"También para garantizar que la Asamblea pueda tomar aquellas acciones necesarias para preservar el Estado de Derecho, garantizando también la representación de la ciudadanía en la toma de decisiones necesarias para el desarrollo del país, especialmente en momentos como este, en que la salud pública, el equilibrio económico, el orden social y todo andamiaje público y privado del país se ven afectados por esta epidemia", dice la moción.
Hay que recordar que la Asamblea Legislativa es la única que puede suspender los derechos y garantías consagrados en los artículos 22, 23, 24, 26, 28, 29, 30 y 37 de la Constitución Política. Esos numerales hacen referencia a la libertad de tránsito, inviolabilidad de la propiedad privada, intimidad, libertad y secreto de las comunicaciones; derecho de reunión, libertad de expresión, acceso a la información y el derecho a no ser detenido sin indicio comprobado por un juez.
Bajo el hipotético escenario de que la situación del COVID-19 en Costa Rica se salga de control y sea necesario que el Ejecutivo tome medidas excepcionales para poder salvaguardar la salud pública, se hace indispensable que el Congreso esté operativo.
Así las cosas, solo tendrán permitido el ingreso al Congreso el personal legislativo, administrativo y de fracción; los medios de comunicación acreditados, quienes sean convocados por el Congreso; proveedores y contratistas; y el personal de las empresas encargadas de la construcción del nuevo edificio legislativo.
El Directorio ya tomó medidas para que se implemente el teletrabajo y esté disponible alcohol en gel y toallas desinfectantes.
Frenado proyecto de cárcel por abandono de adultos mayores
El expediente 19.438 que propone imponer penas de cárcel por el abandono de adultos mayores vulnerables fue devuelto al trámite de primer debate para hacerle cambios al texto, debido a que surgieron dudas sobre la proporcionalidad de las penas.
Como informamos el martes, esta iniciativa establecía que quien teniendo la obligación de cuidar abandone a una persona adulta mayor en estado de vulnerabilidad, colocándola en estado de desamparo, dejándola a su suerte, se le aplicará la pena de 10 a 100 días multa o de 1 a 6 meses de prisión.
La sanción será de 6 meses a 3 años de prisión si a consecuencia del abandono se pusiere en peligro la vida, la salud física, mental o social de la persona adulta mayor, siempre que no esté más severamente penado; y si resultare grave daño en el cuerpo o en la salud de la persona adulta mayor, la pena será de 3 a 6 años de prisión.
Finalmente, se establece que si a consecuencia del abandono ocurriese la muerte de la persona adulta mayor, el responsable será sancionado con una pena de prisión de 6 a 10 años.
Una de las preocupaciones que salió a relucir es que todo ese texto, al estar contenido en un solo artículo, crea diversos tipos penales pero en la práctica solo podría aplicarse uno. Asimismo, se cuestionó que si el abandono del adulto mayor conlleva a su muerte, la pena propuesta sea inferior a la del homicidio.
Ante ello, 40 diputados optaron por devolver el proyecto a primer debate para hacerle cambios. Solo Wálter Muñoz del PIN votó en contra.
Breves
— Con 43 votos a favor y ninguno en contra se aprobó el expediente 19.747 que declara a la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional como institución benemérita de Costa Rica.
— Finalmente, se aprobó con 43 votos a favor y ninguno en contra el expediente 21.065 que autoriza a la Junta del Registro Nacional a donarle al Ministerio de Justicia y Paz los inmuebles que ha venido ocupando históricamente.
— La Comisión de Seguridad y Narcotráfico dictaminó afirmativamente el expediente 21.621, "Ley para inutilizar pistas de aterrizaje no autorizadas", con el cual las pistas de aterrizaje no autorizadas por el Consejo Técnico de Aviación Civil que se encuentren en propiedad privada; parques nacionales y propiedades del Estado, serán declaradas como ilegales por la Dirección de Aviación Civil mediante acto administrativo expreso. Una vez verificada la ilegalidad de operatividad, el Ministerio de Seguridad Publica a través del Servicio de Vigilancia Área y notificado al particular debidamente la resolución y vencido el plazo establecido, podrá ejecutar la inhabilitación y destrucción de ellas, con la finalidad de garantizar la seguridad nacional del país.