La Comisión de Hacendarios de la Asamblea Legislativa ¡por fin! alcanzó un acuerdo para definir la tasa de interés a partir de la cual se originará el delito de usura en el país.
Tras semanas de negociaciones y pulsos entre diputados y representantes de la banca, la unanimidad de ese foro legislativo dictaminó afirmativamente el proyecto tramitado en el expediente 20.861, por lo que ahora se envía a Plenario para que los legisladores propongan mociones que tendrán que ser revisadas, luego con la posibilidad de reiterarlas, antes de poder discutirlo y votarlo en primer y segundo debate.
Según el plan aprobado, la tasa anual máxima de interés para todo tipo de crédito (incluidas tarjetas), salvo para los microcréditos, se calculará sumando el promedio simple del promedio ponderado de los últimos 12 meses de la tasa de interés activa, más 12,8 puntos porcentuales. Dicho resultado se multiplicará por 1,5.
La tasa anual máxima de interés para microcréditos (entendidos como aquellos que no superen 1,5 veces el salario base del oficinista 1 del Poder Judicial, 675 mil colones), se calculará sumando el promedio simple, del promedio ponderado de los últimos 12 meses de la tasa de interés activa, más 13,18 puntos porcentuales. Dicho resultado se multiplicará por 2,085.
Para el caso de contratos, negocios o transacciones pactados en monedas distintas al colón, la tasa de usura estará determinada por el proimedio simple del promedio ponderado de los últimos 12 meses de la tasa de interés activa negociada del grupo "Otras Sociedades de Depósitos" en dólares estadounidenses, calculada por el Banco Central.
Dado lo técnico de la redacción, será el Banco Central de Costa Rica quien defina las tasas y las deberá publicar en la primera semana del mes de enero y julio de cada año, tanto en La Gaceta como en su sitio web. Si la misma se tuviera que aplicar hoy, la tasa de usura sería de 39% para tarjetas y créditos que no califiquen como microcréditos, ya que estos tendrán una tasa máxima del 55%.
Asimismo, la comisión legislativa acordó incluir en el texto del proyecto la prohibición a los oferentes de crédito de incorporar a las tasas de interés aquellos costos, gastos, multas o comisiones que superen los límites establecidos. Tampoco se considerarán parte de la tasa de interés los seguros voluntarios de protección crediticia, pérdida o robo.
Finalmente, la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) estará encargada de velar cada mes que ningún crédito que exceda el monto de los microcréditos tenga una tasa de interés superior a la permitida.
Cabe reiterar que esta iniciativa no tiene carácter retroactivo, por lo que solo aplicará para futuros créditos y futuras tarjetas.
El presidente de la República, Carlos Alvarado, aplaudió en sus redes sociales el acuerdo alcanzado por la Comisión de Hacendarios.
Un balance entre el criterio de los distintos sectores, que procurara el beneficio de las personas, siempre fue vital.
De acuerdo con el estudio de tarjetas del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), casi el 70% de las tarjetas de crédito en el país tiene tasas de interés superior al 39%.
El diputado Welmer Ramos destacó que las tasas acordadas para créditos de consumo y tarjetas de crédito son menores a la sugeridas por el Banco Central del 57% y por la SUGEF del 45%.
Lo ideal hubiera sido una tasa máxima más baja, pero en política y, sobre todo, en una Asamblea Legislativa con tantas fracciones, agendas e intereses, se debe negociar y generar consensos para que puedan avanzar estos proyectos.
Por su parte, la diputada Ana Lucía Delgado del PLN, presidenta de la Comisión, afirmó que mucho se ha debatido y discutido sobre el tema.
"Una vez más la Comisión de Asuntos Hacendarios resuelve a muy alto nivel uno de los temas que había generado un alta expectativa", comentó la diputada.
Freno a impuesto de 5% para cemento importado
El Plenario tuvo que frenar la aprobación en segundo debate del proyecto de ley que impondrá el impuesto de 5% al cemento importado, ya que se olvidó realizar consultas obligatorias según la Constitución Política.
El Departamento de Servicios Técnicos fue quien advirtió de esta falta en el trámite legislativo, por lo que los legisladores aprobaron una moción para enviar el texto en consulta por 10 días hábiles al Instituto Tecnológico de Costa Rica (TEC), Municipalidad de Cartago, Municipalidad de Curridabat, Municipalidades de la provincia de Alajuela y Municipalidades de la provincia de Guanacaste.
Dichas consultas son obligatorias pues el proyecto menciona específicamente a esos gobiernos locales y al TEC, causal expresa de consulta obligatoria de cualquier tipo de proyecto que los involucre.
Polígrafo
La Comisión de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa dictaminó afirmativamente el expediente 21.498, para el uso del polígrafo para determinar rasgos de confiabilidad en los equipos especiales de la Seguridad Nacional.
La iniciativa presentada por la diputada Zoila Volio, autoriza a las Unidades Especializadas de la Fuerza Pública, Policía de Fronteras, Dirección de Armamento, Servicio Nacional de Guardacostas, Servicio de Vigilancia Aérea y Policía de Control de Drogas, Policía Profesional de Migración, Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional y Organismo de Investigación Judicial, a que implementen en los procesos de selección de personal, el examen psicofisiológico de polígrafo, sin perjuicio de los demás requisitos exigidos para su ingreso.
Volio explicó que lo que se pretende es que en casos donde existan dudas, por ejemplo en casos de narcotráfico donde se sospeche que se filtró información, el grupo específico que tenía los datos del caso se someta al polígrafo.
Para la aplicación del examen de polígrafo deberá existir autorización escrita, previa y voluntaria del examinado, quien además tendrá entrevista con el profesional que aplica dicha evaluación para recibir explicación previa acerca del funcionamiento de la máquina, y se le dará certeza de que no constituirá, en ningún caso, un atentado contra su dignidad humana o sus derechos fundamentales.
Además quedará prohibida cualquier pregunta sensible o denigrante como, por ejemplo, orientación sexual, religiosa, política o racial del examinado.
Los resultados de dicha prueba no podrán ser utilizados como medio de coacción o reproche, ni como causal para sanciones o despido. Tampoco podrán ser utilizados en procesos judiciales.





