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Martes dedicado a Cartago en la Asamblea

Este martes el Congreso aprobó un informe de investigación que denuncia al Ministerio Público gravísimas irregularidades en materia de desarrollo urbanístico en el cantón de Paraíso (cuyo alcalde renunció), así como un proyecto de ley que obliga al Infocoop a pagar ₡280 millones en liquidaciones de 44 trabajadores del Consorcio Cooperativo Agroindustrial AGROATIRRO RL, cuya quiebra deberá ser investigada.

Día de Cartago, para mal

43 diputados a favor y 3 en contra aprobaron un informe final de investigación realizado por la Comisión de Cartago respecto a las irregularidades cometidas en materia urbanística en el cantón de Paraíso cuyo alcalde, Marvin Solano Zúñiga, renunció en medio de las investigaciones judiciales.

La apertura de las pesquisas fue aprobada por el Plenario en junio de 2018 y ahora, tras más de un año de análisis de prueba e interrogatorio de testigos, se concluyó que el tema ameritaba ser enviado al Ministerio Público y a la Contraloría General de la República para ejercer su función de investigación y sanción de los funcionarios involucrados.

1. ¿En qué consiste el caso investigado? 

La Municipalidad de Paraíso, de forma irregular, calificó cuatro proyectos urbanísticos como "fraccionamientos simples" cuando en realidad eran fraccionamientos con fines urbanísticos. Dicha situación permitió evadir toda una serie de controles por parte de instituciones como el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), quien fue en primera instancia quien detectó las irregularidades y las denunció.

2. ¿Qué es un fraccionamiento? 

Es la división de cualquier predio con el fin de vender, traspasar, negociar, repartir, explotar o utilizar en forma separada, incluye tanto particiones de adjudicación judicial o extrajudicial, localizaciones de derechos indivisos y segregaciones en cabeza del mismo dueño, que interesen al control de la formación y uso urbano de los bienes inmuebles. Los fraccionamientos se dividen en simples y con fines urbanísticos:

  • Fraccionamiento simple: Todo aquel realizado en un área urbana, cuadrante urbano o desarrollo urbanístico establecido.
  • Fraccionamiento con fines urbanísticos: Todo aquel realizado fuera de un cuadrante de la ciudad o desarrollo urbanístico establecido, de manera serial frente a calle pública existente, cuyo resultado sea un máximo de 6 lotes y un área pública mínima a ceder igual o mayor a 120 m². Conlleva la habilitación por primera vez de las propiedades para fines urbanos, por lo que debe cumplirse con la cesión del área pública correspondiente, incluyendo parques, áreas comunales y juegos infantiles. Al ser parte del proceso urbanizador la municipalidad respectiva debe determinar el área de lotes a partir del cual lo regula.

3. ¿Cuáles proyectos presentan las irregularidades?

— Proyecto Los Lagos: Ubicado en el distrito de Llanos de Santa Lucía. Se tramitó una viabilidad ambiental ante SETENA bajo la figura de condominio, pero SETENA aprueba quintas, o sea, 200  lotes con áreas de 1000 metros. Sin embargo, al ejecutarse el proyecto cambió el formato a 260 fincas de 700 metros, es decir, se agregaron 60 lotes adicionales y la Municipalidad otorgó el uso de suelo conforme. Ese proyecto no efectúo trámite alguno ante el INVU; se efectuaron trámites individuales lote a lote, no se tramitó como conjunto residencial, ni como urbanización, ni como condominio.

— Proyecto Jacaranda: Se localiza en dos cantones: la mitad en Oreamuno y la otra mitad en Paraíso. En Oreamuno se llama Villa Laura y en Paraíso se llama Jacaranda. Se fraccionaron 37 lotes con áreas entre 894 metros cuadrados y 3159 metros cuadrados, a pesar de que el lote mínimo en esa área al ser productiva es de 5000 mil metros. Los lotes fueron segregados con posterioridad a la entrada en vigencia del Plan Regulador en 2012, es decir, el parcelamiento agrícola no se cumplió y además incumple el requisito fijado por la Sala Constitucional de que los parcelamientos agrícolas deben tener vías permeables en lastre no adoquinadas, y las vías de esos lotes son adoquinadas.

— Proyecto Torres del Paraíso: Este proyecto carece del plano mosaico, el diseño del sitio general; sin esta información es difícil establecer cuáles son las áreas de cesión pública, en dónde se ubican y con qué características, a pesar de que según el plan regulador de Paraíso el fraccionamiento en una zona de uso mixto debe tener un 10% para áreas públicas. Tampoco hay claridad si un pozo de agua que abastecería del líquido a las viviendas de dicho proyecto estaba incluido dentro del 10% de área pública o si era un área adicional.

— Proyecto Properi: El proyecto se hace a partir de segregaciones al frente de una calle pública con 15 lotes, se hacen servidumbres de 6 metros y se desarrollan lotes que fueron sumando, en conjunto, 24 lotes. El proyecto cumple en forma en cuanto al área de los lotes, pero no cumple en la cesión de área pública, porque un desarrollo que cuenta con 24 unidades habitacionales, o de 24 lotes, debe generarse el cumplimiento de la sesión de área pública.

4. ¿Cuáles fueron las conclusiones y los responsables?

El Congreso no pudo comprobar mala fe por parte de los desarrolladores privados de los proyectos urbanísticos. Lo que sí fue constatable es que los problemas presentados alrededor de estos proyectos fueron principalmente ocasionados por el desorden, la falta de diligencia y supervisión por parte de las autoridades municipales encargadas de tutelar el adecuado ordenamiento y desarrollo territorial del cantón de Paraíso.

Respecto a Marvin Solano Zúñiga, en su momento alcalde de Paraíso, para los diputados no quedó claro si hubo un abuso o uso incorrecto del veto municipal, ya que en múltiples casos el veto fue utilizado por Solano en contra de acuerdos para la contratación de arquitectos e ingenieros que asesoraran al Concejo Municipal, en contra de lo solicitado por la auditora interna.

Los diputados también le recriminan haber faltado a su deber de rendición de cuentas al abstenerse de responder las consultas realizadas por la Comisión cuando fue llamado a comparecer bajo juramento, así como haber fallado en la conducción política de la problemática examinada en la investigación, agravándola de sobremanera y dejándola irresoluta al momento de su renuncia.

5. ¿Cuáles son las recomendaciones?

Al Ministerio Público, que dé curso a un proceso de investigación con base en los hechos expuestos ante la posible comisión de delitos por parte de los funcionarios mencionados en el informe, de manera que se establezcan responsabilidades y sanciones de ser necesario. Entre ellos están la exauditora interna, Marianella Brenes Quirós, quien debía proteger y garantizar la actuación de la administración en el marco de la legalidad, además de advertir oportunamente a los entes correspondientes, cuestión que no realizó diligentemente.

Asimismo, se denuncia para que sea investigado Michael Sanabria Solano, anterior encargado del Departamento de Cobros de la Municipalidad, acusado por la Auditoría Interna de enriquecimiento ilícito y suplantación de identidad.

A la Contraloría General de la República el Congreso le pide determinar si las actuaciones atribuibles en el  informe a los funcionarios involucrados constituyen delitos en perjuicio de la Hacienda Pública; y que brinde un informe sobre los avances de dicha investigación, además que dé a conocer las medidas, acciones y responsabilidades respecto a los resultados encontrados.

El otro tema de Cartago conocido por el Plenario fue el proyecto de ley 21.502 que obliga al Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (Infocoop) a cargar con las liquidaciones de 44 extrabajadores del Consorcio Cooperativo Agroindustrial AGROATIRRO RL, dedicado a la actividad azucarera, el cual quebró en 2018.

¿Por qué el Estado (Infocoop es institución pública) debe cargar con esas liquidaciones? 

Porque Infocoop formaba parte del consorcio junto con Coopeatirro R.L., Coopeazucareros R.L., Coopecañita R.L. y Coopehumo R.L., y ello basta para imputar responsabilidad solidaria del Estado en este tema.

Los 44 trabajadores cesados llevan esperando más de dos años el pago de sus prestaciones y por ello el monto que Infocoop les dará una vez el proyecto sea aprobado en segundo debate dispone también el pago de intereses. Este martes 44 diputados votaron a favor en primer debate.

Además de ordenar el pago de las liquidaciones, la futura ley obliga a Infocoop a solicitar formalmente la quiebra del consorcio AGROATIRRO RL en sede judicial, así como investigar la gestión administrativa del Consorcio para determinar las causas por las cuales entró en un estado de insolvencia, e informar a las autoridades competentes sus resultados.

Breves

— 42 diputados aprobaron en primer debate el expediente 21.254 que busca autorizar a las Asociaciones de Padres de Familia vinculadas con cada sede del Sistema Nacional del Sistema de Educación Musical (Sinem) para que administren los recursos originados por pagos de los mismos padres por concepto de matrícula y mensualidades.

— 45 diputados aprobaron en primer debate el expediente 21.046 que autoriza a la Municipalidad de Coto Brus a donar un lote de su propiedad a la Unión Zonal de Asociaciones de Desarrollo Integral de Sabalito, Coto Brus.

— El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz Castro señaló que las penas propuestas en el expediente 21.447 para castigar el robo de combustibles en el país (8 a 15 años de cárcel), deben ser revisadas dado que podrían ser desproporcionales e irrazonables. En esa misma audiencia la Fiscala General, Emilia Navas manifestó que no coincide con el criterio de Cruz, ya que este tipo de delincuencia daña el ambiente de manera irreparable y el riesgo a la vida humana es impresionante. De igual forma, el Director del OIJ, Walter Espinoza indicó que ve con buenos ojos la iniciativa de ley, aunque pidió definir aún más el proyecto en cuanto algunos conceptos, para darle mayores herramientas a la policía judicial para presentar las pruebas a la Fiscalía.

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