El Ministerio de Hacienda emitió una lista de 21 países y territorios considerados "no cooperantes" (mejor conocidos como paraísos fiscales) en cumplimiento del mandato hecho por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Dicha norma estableció que no se podrán considerar como gastos deducibles del Impuesto sobre la Renta aquellos correspondientes a operaciones realizadas con personas o entidades que residan en países o territorios que Costa Rica califique como "no cooperantes" o paraísos fiscales.

Para realizar dicha lista la Asamblea Legislativa definió dos requisitos: tener un impuesto a las utilidades inferior al 12% (que equivale al 40% de la tarifa para personas jurídicas establecida en Costa Rica) o bien, ser jurisdicciones con las cuales el país no tiene vigente un convenio para el intercambio de información o para evitar la doble imposición con cláusula para el intercambio de información.

Días atrás el diputado José María Villalta denunció que la lista debía haber sido publicada desde julio del 2019, sin embargo, Hacienda le envió una carta diciendo que lo haría hasta el año 2020, ya que estaba revisando la información necesaria para poder confeccionarla.

Sin embargo, la Dirección General de Tributación procedió a emitir la lista días después y la misma entrará a regir el próximo 1 de octubre.

PARAÍSOS FISCALES DECLARADOS POR COSTA RICA

  1. Bosnia y Herzegovina
  2. Corea del Norte
  3. Cuba
  4. Eritrea
  5. Guadalupe
  6. Irak
  7. Islas Norkfolk
  8. Islas Vírgenes de los Estados Unidos de América
  9. Kirguistán
  10. Macedonia del Norte
  11. Maldivas
  12. Martinica
  13. Montenegro
  14. Omán
  15. Palestina
  16. Polinesia Francesa
  17. Reunión
  18. San Pedro y Miquelón
  19. Timor-Leste
  20. Uzbekistán
  21. Wallis y Futuna

“Para el Ministerio de Hacienda uno de los principales riesgos fiscales es la erosión de la base imponible mediante el traslado de beneficios a territorios con una tasa de impuesto significativamente menor a la que tenemos en nuestros país. A ello se suma el no contar con los convenios que nos permitan intercambiar información con ellos, para verificar la sustancia y valoración de las operaciones declaradas”, afirmó Nogui Acosta viceministro de Ingresos de Hacienda en un comunicado.

Los contribuyentes únicamente podrán declarar gastos deducibles de esos territorios si demuestran fehacientemente (a criterio de Hacienda) la veracidad de la operación.