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La bancada de Nueva República presentó este martes a la Asamblea Legislativa un proyecto de ley con el cual viajar sin cinturón de seguridad, o con menores de edad sin el dispositivo de seguridad correspondiente, sería sancionado con el decomiso del vehículo.

Se trata del expediente 23.791, suscrito por Fabricio Alvarado Muñoz como jefe de fracción y proponente principal, junto a José Pablo Sibaja Jiménez, Rosalía Brown Young, David Segura Gamboa y Gloria Navas Montero como co-proponentes.

Según consta en la exposición de motivos, la intención real de la bancada neorrepublicana es que esa sanción ejemplar sea impuesta por no emplear los dispositivos móviles de seguridad para menores de edad que viajen en vehículos, denominados "sistemas de retención infantil", sin embargo, por la forma en que redactaron el proyecto de ley, de entrar en vigencia, también habilitaría el decomiso de vehículos cuando alguno de los pasajeros del vehículo no utilice el cinturón de seguridad.

La bancada conservadora recordó que desde el año 2012 el país legisló para el uso de dispositivos móviles de seguridad para menores de edad que viajen en los vehículos, y que su implementación se debió a la importante cantidad de accidentes registrados en carretera en los que se veían involucrados niños.

Los sistemas de retención infantil para este grupo etéreo auxilian a los niños y niñas que viajan en automotores, para que no se expongan a peligros, ni a sufrir heridas en caso de accidente, que pueden ocasionarles lesiones graves o poner en riesgo su vida, lo cual es una garantía para las familias a la hora de realizar un viaje.

Según los congresistas, al día son multados cuatro choferes por llevar niños sin los sistemas de retención infantil; además, entre los meses de enero y abril de 2023 se reportaron 554 conductores sancionados por conducir un vehículo con infantes, sin que estos portaran sus sistemas de retención infantil, "lo cual denota la falta de prevención y cuidado que tienen los conductores con estas personas menores".

La antesala de la iniciativa cita declaraciones del director de la Policía de Tránsito, Alexander Solano Quirós, sobre los argumentos más comunes para no utilizar esos implementos:

“Un accidente ocurre en cualquier momento, no se vale argumentar que es que iba cerca, a dejar al niño al kínder o donde los abuelitos, también quiero recalcar que no existe capacidad humana de retener en los brazos a un niño o a un bebé en un choque, porque por instinto la persona usa sus brazos para protegerse, así que soltará al niño, pero incluso, aunque lo quiera, en un choque frontal un menor se convierte en una masa pesada, no existe posibilidad de que los brazos de ese adulto lo retenga. (…) También, quiero recalcar, y es una duda frecuente, que cuando se debe amamantar a un bebé o darle leche de cualquier forma, porque llora de hambre, deben estacionarse, no pueden sacarlo de la porta bebé para alimentarlo en los brazos, lo estarían exponiendo a un alto riesgo”, dijo según la exposición de motivos.

El proyecto señala que en abril del año en curso, una niña de tan solo ocho meses de edad falleció en un accidente de tránsito debido a que no era transportada en un sistema de retención infantil para vehículo, y era llevada en los brazos de uno de los ocupantes del automotor y producto del accidente, salió expulsada por el parabrisas.

La actual Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, en el artículo 144, prevé para este tipo de infracción una multa de categoría B, la cual impone una sanción económica de 248.392 colones, más la acumulación de 4 puntos en la licencia del conductor, sin embargo, para los legisladores esa sanción es "poco efectiva para que los conductores se responsabilicen y tengan el deber de cuidado con los niños".

Por ello propusieron que al artículo 150 de la Ley, que refiere a las causas que habilitan a la Policía de Tránsito a sacar de circulación un vehículo, se adicione el trasgredir el artículo 94 de la Ley de Tránsito, que es el que establece la obligación de que todos los ocupantes de un vehículo utilicen el cinturón de seguridad, o sistemas de retención de menores de ser aplicables.

Por ese motivo el decomiso ocurriría no solo por la causa pretendida por los legisladores, sino también, por ejemplo, si una persona que viaja en la parte trasera como pasajero no utiliza el cinturón de seguridad, y el conductor es detenido por la Policía de Tránsito.

Es importante que al transitar por nuestras carreteras los conductores tengan el máximo cuidado y se logren reducir las estadísticas alarmantes de accidentes de tránsito en los que se ven comprometidos la vida, la seguridad y el bienestar de los niños y las niñas de nuestro país. Por lo anterior, se somete a consideración de las señoras diputadas y los señores diputados el siguiente proyecto de ley.

En septiembre del 2022 el Ministerio de Obras Públicas reportó que, en lo que iba de ese año, se registraban 4672 multas al conductor por no llevar el cinturón de seguridad, y otras 1850 porque uno de sus ocupantes no lo llevaba puesto. De haber estado vigente la reforma que ahora se propone, ello implicaría que unos 6522 vehículos habrían sido decomisados y enviados a planteles del MOPT hasta que su propietario cancelara la multa correspondiente.

El proyecto aún no tiene comisión asignada y por estar en periodo de sesiones extraordinarias no podrá ser conocido aún, salvo que el Ejecutivo lo incluya en una convocatoria posterior.

Breves

— Este martes se rechazaron 84 mociones de fondo y 66 mociones de revisión al proyecto de jornadas 4x3. Restan 547 mociones de fondo y sus potenciales revisiones.