El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) anunció la noche de este lunes que realizará un ajuste sobre las facturas puestas a cobro correspondientes al mes de mayo, luego que la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) cuestionara la forma de calcular el monto a pagar por el servicio tras dos meses en los que no se hizo lectura del hidrómetro.

El ente regulador encontró que el AyA cargó la totalidad del consumo real en exceso sobre el consumo estimado en la última factura, en lugar de distribuirlo entre los ciclos o periodos estimados, como técnicamente corresponde.

Debido a ello, Acueductos anunció que realizará un prorrateo (promediará) los consumos de marzo, abril y mayo, disminuyendo el monto inicialmente emitido y cobrado a los usuarios.

La institución reconoció en un comunicado que la factura correspondiente al mes de mayo considera los consumos en exceso de los meses de marzo y abril, periodo que se calculó con un promedio histórico, dado que la entidad suspendió la lectura de medidores a partir del 20 de marzo por la pandemia de COVID-19.

Además, en los casos que se haya facturado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y si una vez hechos los ajustes por el prorrateo no correspondiere, se emitirá una nota de crédito para eliminar el importe de ese tributo o bien ajustarlo al valor justo.

AyA dijo que tanto el ajuste a la facturación como lo correspondiente al IVA se realizará de manera automática, por lo que no es necesario que el usuario realice trámite alguno ante la institución ni ante el Ministerio de Hacienda.

"Debido a la necesidad de realizar ajustes en el sistema de facturación comercial, los ajustes en los montos se comenzarán a reflejar a partir del lunes 22 de junio para los usuarios que se abastecen del acueducto metropolitano. Para el resto de los usuarios se reflejarán a partir del viernes 26 junio", explicó la institución.

En caso de que el usuario haya cancelado la factura de mayo y esta haya sido mayor al prorrateo, se aplicará una nota de crédito por sobreprecio a su favor para los siguientes recibos. Si aún no ha cancelado, pagará únicamente lo correspondiente a mayo y en los meses de julio y agosto se le cargará la diferencia de los meses de marzo y abril.

¿Qué ocurrió?

Como el AyA suspendió la lectura de medidores, las facturas de marzo y abril se emitieron bajo estimados de consumo. En mayo cuando se reanudaron las lecturas, a los abonados que consumieron una cantidad de líquido superior a la promediada en esos dos meses se les cargó esa diferencia en una sola factura, lo que elevó sustancialmente el precio a pagar.

El AyA explicó que en la mayoría de los casos en los que ha habido reclamo, el consumo real resultó superior al estimado debido a un aumento del consumo producto de la adopción de medidas de higiene por el COVID-19 (lavado de manos), el teletrabajo y la estancia de los estudiantes en sus casas por la suspensión de las clases, a lo que se suma el crecimiento del consumo de agua durante la época seca.

La mala técnica del AyA tuvo un efecto colateral, y es que al cargar todo el consumo en exceso en un solo mes, la escala usada para determinar cuál es el costo por metro cúbico consumido aumentó de forma considerable para los usuarios.

Estas son las tarifas vigentes para el servicio de agua en el caso domiciliar:

  • 1 m3 a 15 m3: ₡409 por cada m3.
  • 16 m3 a 25 m3: ₡822 por cada m3 adicional.
  • 26 m3 a 40 m3: ₡902 por cada m3 adicional.
  • 41 m3 a 60 m3: ₡1.071 por cada m3 adicional.
  • 61 m3 a 120 m3: ₡1.964 por cada m3 adicional.
  • 120 m3 en adelante: ₡2.063 por cada m3 adicional.

Aun peor para los abonados de la institución, el cargar todo el consumo en una sola factura hizo que se superara en muchos casos el tope exento de pagar Impuesto al Valor Agregado (IVA), lo que subió en 13% el valor de la factura.

Caso hipotético

Aunque el AyA dijo que cada caso debe revisarse por separado, ofreció un caso hipotético que ilustra el método de prorrateo y el beneficio para los usuarios.

En una vivienda se consumieron 20 metros cúbicos (m3) de agua en marzo y 20 m3 en abril por el método de estimación. En mayo, cuando se aplicó la lectura real, se identificó en el hidrómetro un consumo de 75 m3.

Esa última cantidad es un acumulado de lo que se consumió en tres meses (desde la última lectura), sin embargo, el consumo de mes de mayo fue de 35 m3.

Al aplicar el nuevo prorrateo, se consigna que la familia consumió 25 m3 en marzo, 25 m3 en abril y 25 m3 en mayo y debido a que se facturaron solo 20 m3 en abril y 20 m3 en marzo, se aplicará un rubro adicional en julio y agosto para cobrar los 5 metros cúbicos  que faltan de cada uno.

Por su parte, la nueva factura de mayo será solo por 25 m3, por lo que se tendrá que reducir en los importes correspondientes a 10 m3, ya que la factura original en este periodo se emitió por 35 m3.

De esta manera, los rangos de consumo de marzo, abril y mayo se mantendrían dentro de la primera y segunda escala de precios de la tarifa y se mantendría la exención en el cobro del IVA.