La aprobación del informe de mayoría de la “Comisión Especial que estudie, analice y eventualmente proponga proyectos de ley o reformas en relación con la administración del FEES”, consignado en el expediente legislativo 21.052, el pasado 27 de marzo, constituye una clara propuesta de intromisión y control político al quehacer de las universidades públicas, y plantea una iniciativa de reforma constitucional al articulado que resguarda la autonomía universitaria.

En pocas palabras, las conclusiones y recomendaciones, esbozan transformaciones no sólo de orden organizativo, que van desde la modificación de la conformación del Conare para “que también participen el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Planificación (Mideplan) y el Ministerio de Educación Pública”, la contratación  de un “ente independiente” que  realice las “evaluaciones de PLANES”, sino también en materia de distribución del FEES, organización interna y del quehacer sustantivo en general.

En este último punto las recomendaciones incluyen una serie de propuestas que parten de una visión sesgada del aporte de las universidades públicas al desarrollo nacional, sobretodo en materia de matrícula, oferta académica, acreditación de carreras y presencia regional (sobre este aspecto plantea interesantes observaciones).  El informe minimiza abiertamente los esfuerzos materializados, en los cuatro ámbitos y deja por fuera los aportes históricos en materia de investigación científica y transferencia tecnológica, así como producción cultural y artística. Es clara la concepción de universidad que este grupo de personas legisladoras proponen, una muy alejada del principio “universitas” y por el contrario claramente identificada con la promoción de un tipo de sociedad donde la educación es reducida, estrictamente a un carácter técnico-instrumental.

No se trata de que pasemos por alto el contexto de la situación planetaria, regional y de país al que asistimos todas y todos, ni muchos nuestras falencias internas, hoy más que nunca corresponde mirarnos con mayor rigurosidad y criticidad, con la autorresponsabilidad que la propia autonomía demanda, y con los ojos y los oídos abiertos a la sociedad, para no correr el riesgo de convertirnos en instituciones que se vuelven un fin en sí mismas, sino en espacios promotores de bienestar en clave de equidad y justicia social.

Lastimosamente, parece que los señalamientos de la Comisión Legislativa no están sujetos a validarse desde el diálogo, que lleva a la sana comprensión del sentido de lo universitario, sino más bien desde orientaciones con claro posicionamientos políticos y economicistas, que ven en el artículo 86 constitucional, un exceso.  Estos grupos de interés buscan una enmienda, necesaria para poder trazar una nueva ruta para la educación superior costarricense cuyo corolario claramente es la privatización y desnacionalización de las instituciones públicas de educación superior.

Muchas de las voces que se alzan contra el principio autonómico que sustenta la universidad pública, la condición de que esta goza por antonomasia de una autonomía particular, se han dado a la tarea de crear una suerte de “enemigo interno” en lo público, cuyo rostro hoy también lo dibujan en clave universitaria.

No obstante, es importante tener claro que nuestro sistema democrático se sustenta sobre un Estado Social de Derecho que encuentra en la Constitución Política su norma escrita de mayor jerarquía, ya que consagra el pacto social donde se plasman los principios y valores democráticos del ordenamiento estatal. Al concebirse como la ley suprema, es por tales motivos que, por cuestiones de seguridad jurídica, nuestra Carta Magna sólo puede modificarse parcial o totalmente a través de procedimientos extraordinarios, condicionados por las mismas normas constitucionales que lo regulan.

En ese sentido, modificaciones constitucionales a los artículos que resguardan la autonomía universitaria,  dado su carácter parcial, el mismo constituyente previó en el artículo 195 un procedimiento especial y agravado que requiere del cumplimiento de un complejo proceso de aprobación por parte de la Asamblea Legislativa, que entre otros aspectos relevantes, establece que la reforma debe ser tramitada en dos legislaturas diferentes, ser discutida por el Plenario en reiterados debates, ser conocida por el Poder Ejecutivo quien deberá regresarlo a conocimiento de la Asamblea con el Mensaje Presidencial al iniciarse la próxima legislatura ordinaria, con sus observaciones, o recomendándolo y contar con votaciones de mayoría calificada para su respectiva aprobación.

Garantía constitucional que no solo debemos estar vigilantes de que se atienda contundentemente, en el caso de que las intenciones reformistas prosperen en la Asamblea Legislativa, sino que nos plantea y obliga a preparar los argumentos legales pertinentes y sobre todo a redoblar los esfuerzos colectivos para realizar los cambios necesarios de cara a ser más legítimos socialmente, sin dejar de reconocer nuestro compromiso con la propia sostenibilidad financiera de la institución y especialmente los principios misionales de la universidad pública.

Finalmente quisiera enfatizar que el informe promueve el debilitamiento sistemático de todo el sistema universitario público y sobretodo la división al interno del CONARE, y también al seno mismo de las comunidades universitarias, dada su visión sesgada sobre el quehacer de las universidades, en un momento especialmente crítico y convulso marcado por la crisis humanitaria de la COVID-19, una estrategia en la que no corresponde caer, sino por el contrario ser más conscientes de las amenazas planteadas, el carácter anticonstitucional que revisten y la trascendencia de que podamos actuar de manera cada vez más articulada, reconocimiento nuestras debilidades y por que no contradicciones, pero especialmente nuestras fortalezas.

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