En Costa Rica, cada cuatro años en las elecciones nacionales, además de elegir al presidente de la República, se escogen los diputados, los cuales son la representación de la ciudadanía. Su función es velar por los intereses y derechos del pueblo. Es importante destacar que estos fueron elegidos por el ejercicio democrático, pero ¿realmente serán estos postulantes los más adecuados para ejercer uno de los cargos de mayor peso en el país? O ¿son los requisitos solicitados para poder postularse los necesarios?

Para contextualizar el momento en el cual se establecieron los requisitos para postularse a una curul, fue tiempo después de los tumultuosos años de la guerra civil, surge la Asamblea Nacional Constituyente de 1949, que crea la Constitución donde se establecieron los requisitos vigentes para que una persona sea electa a la Asamblea Legislativa. Por otra parte, en aquellos la Universidad de Costa Rica, que había iniciado funciones en 1940, era la única universidad existente durante la promulgación de la Constitución.

Ahora bien, pasaron más de siete décadas de acontecimientos, políticos, económicos y sociales, y aún se continúa manteniendo los mismos requisitos para optar por el cargo de diputado, además hay que recalcar que la Asamblea Legislativa es el primer poder de la República, el encargado de asentir la legislación costarricense, de donde emana todo el poder jurídico de la nación. El actuar que tenga este órgano puede modificar  los aspectos más esenciales de la democracia costarricense.

El mundo está en constante cambio y la coyuntura actual de la pandemia por COVID-19 es un claro ejemplo, hace seis meses en Costa Rica se estaban tratando proyectos como reformas a las pensiones de lujo, una la ley para la seguridad jurídica sobre las huelgas y la ley de definición de servicios públicos esenciales, pero actualmente se encuentra como prioridad un plan de reactivación económica. Dejando esto claro que los temas que se tratan son sumamente complejos por las áreas de las que puedan proceder y no cualquier persona pueda llegar a entender y generar propuestas oportunas para su correcta resolución.

Con toda la antesala previamente planteada ¿están realmente capacitados los actuales diputados para ejercer su función según la Constitución? La respuesta jurídica es: sí. Todas las personas que ocupan un puesto en la Asamblea cumplen con lo que establece el artículo 108 de la Constitución son: ciudadanos en ejercicio; costarricenses por nacimiento (o por naturalización con diez años de residencia en el país después de haber obtenido la nacionalidad) y tienen más de veintiún años de edad.

En los días del inicio de la Segunda República, estos requisitos estaban previstos para una generación que apenas veía los inicios de la educación superior en el país, los cambios que sufre la educación universitaria después de los procesos de globalización y apertura comercial, permiten la creación de centros privados y públicos educativos a nivel nacional para facilitar a la población el acceso al estudio.

Teniendo clara la evolución que ha tenido el país a nivel educativo, queda en manifiesto que existe una facilidad para acceder a carreras universitarias las cuales preparan al individuo en un área determinada. Aunado a lo anterior, sería lógico que las personas que trabajan en los cargos públicos de mayor importancia en el aparato estatal, cuenten con una preparación académica y experiencia previa para poder desempeñar las funciones que les corresponden de la mejor manera, ya que tratan temas complejos de índole económico, político y social, de los cuales si se desconoce el contexto, no se podría generar ningún tipo de propuesta que cree valor y de respuesta oportuna a los asuntos en cuestión.

Dentro de la actual Asamblea Legislativa existe un segmento bastante amplio que solamente posee educación secundaria, pero aún más preocupante es que existen quienes únicamente han concluido la educación primaria. Es aquí en donde uno se cuestiona ¿las personas que están a cargo de velar por nuestro bien están lo suficientemente capacitadas para desempeñar su labor? Lo anterior muestra que no son suficientes los requisitos que actualmente se encuentran en la legislación, por tanto se cuestiona si debe de efectuarse un cambio en la misma.

El cambio debería de llegar de la mano con una propuesta de ley para modificar la Constitución. En el pasado, han existido diversos proyectos, el más claro ha sido el expediente Nº 18.331, que pretendía que los diputados tuvieran un mínimo de atestados académicos para acceder a una curul, entre otras reformas.

Una vez aclarado el contexto en el cual se establecieron dichos requerimientos y la evolución que ha tenido el país hasta la actualidad, queda clara la relevancia de que las personas que se encuentren a cargo de la parte legislativa del país, deben poseer una preparación académica relacionada a los temas que se llegan a tratar para mantener una adecuada legislación.

Cualquier reforma que se plantee a estos estatutos jurídicos, debe de seguir lo expuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, donde en su artículo 1 se prohíbe discriminar por cualquier condición social y en el artículo 23 dicta que todos los ciudadanos tienen derecho a ser elegidos para puestos políticos. Pero dentro de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se ha expuesto que, “la previsión y aplicación de requisitos para ejercitar los derechos políticos no constituyen, per se, una restricción indebida a los derechos políticos” mientras esta restricción se encuentre “...prevista en una ley, no ser discriminatoria, basarse en criterios razonables, atender a un propósito útil y oportuno que la torne necesaria para satisfacer un interés público imperativo, y ser proporcional a ese objetivo”.

Según lo mencionado anteriormente, sería un cambio valioso para la Costa Rica, el agregar una serie de requerimientos, los cuales se consideren necesarios para el correcto desempeño de las labores del puesto, ya que al llegar a tener personas tomando decisiones en ámbitos de los cuales desconoce, puede llegar a ser peligroso, porque los resultados de dichas decisiones terminan afectando a la población y no es conveniente para ninguna democracia sana que su principal poder estatal esté en manos de personas con falta de capacidades elementales.

Este artículo fue escrito en colaboración con Jeremy Alvarado Jiménez, bachiller en Administración Aduanera y Comercio Exterior.

Este artículo representa el criterio de quien lo firma. Los artículos de opinión publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de este medio. Delfino.CR es un medio independiente, abierto a la opinión de sus lectores. Si desea publicar en Teclado Abierto, consulte nuestra guía para averiguar cómo hacerlo.