El glifosato es uno de los ingredientes activos de más uso en el mundo y el más consumido en nuestro país, lo que no es poca cosa si recordamos que tenemos el triste título de ser el mayor consumidor de plaguicidas químicos por hectárea del Planeta. De acuerdo con el Servicio Fitosanitario del Estado, en Costa Rica se consume un promedio de 1.500 toneladas de este ingrediente activo por año.
El agroveneno, es producido por la transnacional Monsanto (ahora Bayer) y ha estado en el ojo público internacional con más intensidad, desde que la Organización Mundial de la Salud determinó que es “probablemente cancerígeno en humanos”, lo que ha llevado a su prohibición en varios países de Europa.
Según la prensa internacional, en Estados Unidos para mayo de este año, existían más de 13.400 demandas judiciales pendientes contra la transnacional: todos relacionados con el herbicida a base de glifosato.
Como parte de este escenario, se incluye una reciente y destacada victoria en los estrados judiciales para un jardinero estadounidense, quien a los 42 años fue diagnosticado con un linfoma no Hodking (cáncer en los linfocitos). Durante el juicio, se determinó que el glifosato representó un peligro sustancial y que había pruebas claras y contundentes de que la empresa había actuado con mala fe y de manera represiva. Además, se culpó a Monsanto por omitir su deber de informar adecuadamente sobre los riesgos de uso del herbicida.
A esta sentencia le han seguido dos condenas más. La última por 2000 millones de dólares a favor de una pareja enferma de cáncer que utilizó el glifosato por 35 años y logró demostrar que mientras las normas internas de Monsanto exigían utilizar traje especial y mascarilla para manipular este peligroso agroquímico, la publicidad de la compañía lo promocionaba como un producto inocuo que se puede aplicar en el jardín sin ninguna protección.
En nuestro país, un grupo de personas pacientes de insuficiencia renal crónica no tradicional, acudieron al Tribunal Constitucional a exigir la prohibición del glifosato, también vinculado con el padecimiento de la enfermedad. En la disputa judicial, destaca la conclusión a la que llegó el Ministerio de Salud sobre los riesgos del herbicida: lo considera como plaguicida de alta peligrosidad con base en la caracterización de los posibles efectos graves o irreversibles en la salud, después de conformar una comisión interinstitucional que analizara el tema.
A pesar de los riesgos para la salud de seres humanos y del ambiente, el Ministerio de Agricultura (MAG), acompañado de las Cámaras de la Agroindustria, insisten en negarse a la prohibición: el glifosato se debe seguir esparciendo por doquier, a pesar de que es potencialmente carcinógeno en humanos.
La insistencia del MAG en defender lo indefendible, priorizando el interés privado por encima de la salud y la vida de las personas; llevó a que la Sala Constitucional, mediante el voto Nº 2019-7009, desconociera uno de los principios fundantes del Derecho Ambiental: el principio de precaución. De acuerdo con este principio, la falta de certeza científica no puede ser excusa para omitir acciones dirigidas a proteger el ambiente, la vida y la salud. Si el Estado cuenta con estudios y criterios técnicos sobre los riesgos ambientales y sanitarios de una sustancia, aunque carezca de certeza absoluta, lógicamente, lo que corresponde es suspender las aplicaciones de la misma, hasta que se pueda demostrar que la salud o la vida de ninguna persona se ponen en riesgo.
Pero el Tribunal Constitucional se lavó las manos, desprotegiendo principalmente a las personas trabajadoras agrícolas que se encuentran expuestas al agrotóxico. En vez de ordenar la suspensión del uso de glifosato (al menos temporal), mientras se alcanza la certeza científica que el Tribunal extraña; optó por indicar que “no le corresponde” decidir cuál de los dos ministerios –Salud o Agricultura- lleva razón técnico-científica, como si la protección de la salud no fuera punto de partida para desarrollar cualquier actividad humana.
De esa manera, la Sala evadió tomar una decisión e invirtió los términos del principio precautorio, desbaratando uno de los pilares del Derecho Ambiental costarricense. Con ello, además, condenó a las personas trabajadoras a exponer su salud todos los días y a realizar esfuerzos económicos importantes, para elevar la discusión al Tribunal Contencioso-Administrativo, mientras el glifosato se sigue aplicando sobre los alimentos que consumimos.
Esta lucha va a seguir en otras instancias judiciales y probablemente al final se ganará porque hay razones poderosas. El problema es cuántas vidas más se perderán en el camino, porque quienes estaban llamados protegerlas, decidieron no hacerlo a tiempo.
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