En los últimos meses, se ha tenido bajo la lupa el funcionamiento de los juzgados y tribunales laborales a los cuales les ha correspondido conocer las declaratorias de ilegalidad de la huelga convocada por los sindicatos en contra del plan fiscal. Los medios —algunos más que otros— se han detenido a analizar con lujo de detalle la actividad de los despachos y de jueces, desde cosas banales como parentescos de las personas juzgadoras con figuras políticas criollas hasta aspectos más técnicos como lo es el fondo de las sentencias.
En este ejercicio, se han abierto las discusiones de cómo y por qué resuelven, pero sobre todo el cuándo. Ha surgido indignación con el tiempo que duran conociendo cada una de las gestiones, del tiempo de redacción de una sentencia, y últimamente lo que tardan los tribunales de segunda instancia en resolver una apelación. Hace unos días, lo ojos furiosos se posaron contra las declaraciones del presidente de la República, tomadas por muchos como una trasgresión a la independencia judicial, cuando un Tribunal de alzada confirmó la legalidad de una huelga, y por otro lado, ahora la furia se centra en la jueza superior que anuló una sentencia de ilegalidad al contener graves problemas de concordancia en lo pedido y lo resuelto.
Sin embargo, la realidad para los litigantes es mucho más insufrible. Nos enfrentamos a estas situaciones todos los días en todas las jurisdicciones y en prácticamente en todos los despachos del país. Para los involucrados en el sistema judicial no es raro que los procesos ordinarios duren 10 años, interdictos que deberían durar 2 meses, duren 5 años, o que en materia de cobro judicial los procesos se alarguen cada vez más y más.
Y en estos procesos, ya es costumbre la espera de meses y meses para la resolución de cualquier gestión sencilla, o años para una sentencia en apelación que determine la nulidad de la resolución impugnada y se devuelva juzgado para una nueva redacción de la misma.
Tal vez por ese motivo, cuando los usuarios recurrentes vemos estas resoluciones laborales en esos plazos, más bien nos sorprendemos que se resuelvan asuntos tan rápidamente, es decir, tener resoluciones de primera y segunda instancia en menos de tres meses es una maravilla, prácticamente impensable en cualquier otro proceso judicial.
Se debe entender que por más mediático que sean estos procesos judiciales, no pueden pasar por encima de los demás asuntos que los tribunales laborales, y en general, todos los despachos deben resolver y que están antes que estos procesos famosos en los medios, y sería contravenir con los principios de igualdad y de justicia pronta y cumplida para los demás asuntos que no ocupan portadas en medios nacionales.
Tampoco defiendo al Poder Judicial. En los últimos años no se han visto los frutos de los esfuerzos —que dicen hacer— para eliminar la mora judicial y cada vez es mayor la desconfianza de las personas de acudir al sistema, pues ahora la palabra popular reza: “es mejor un mal arreglo que un buen pleito”.
La reforma laboral en sí no es un fiasco procesal. Es una muestra para el grueso de la población, del sistema judicial colapsado con el que tenemos que lidiar los usuarios del Poder Judicial desde hace ya varios años, pero que a estas alturas vemos con buenos ojos como ha venido funcionando la misma en comparación con las demás jurisdicciones.
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