Hemos cumplido una semana de huelgas que han tenido como resultado que la antorcha de la independencia tuviera que transportarse por vía aérea y que inicien problemas de desabasto de combustible, así como una serie de bloqueos y riñas entre los que participan en la huelga y los que claman por un libre tránsito.

Los huelguistas insisten en que desean que se retire por completo el proyecto 20.580 Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas de la corriente legislativa. Pero... ¿que proponen como sustituto? ¿Existirán muchas o pocas diferencias entre lo que ellos proponen y lo que ya se discute en la Asamblea Legislativa?

Veamos. La propuesta sindical incluye 39 puntos divididos en dos grupos: Soluciones Estructurales que incluyen 24 puntos, y Medidas de Impacto Inmediato que incluyen otros 15 puntos.

Esta propuesta plantea un mínimo recaudatorio de 2.387% del PIB y un sub máximo de 4.208%. El mínimo recaudatorio se alcanza con las 39 medidas propuestas (24 de los puntos no indican la capacidad de recaudación); mientras que el sub máximo se alcanza mediante una disminución del incumplimiento del potencial recaudatorio de las personas jurídicas de un 50% (es decir que se cobre lo que la ley actual permite, pero por inacción de la Administración Tributaria no se cobra).

Antes de continuar voy a detenerme a explicar un poco en qué consiste una reforma fiscal. En dos platos es aquella que busca lograr superar un déficit que ha sido originado debido a que de forma constante el país ha gastado más de los ingresos que percibe. Por lo tanto, para una reforma fiscal efectiva se plantean al menos 2 elementos, y se podría considerar un tercero:

  1. Ingresos: obtener por medio de legislación ingresos frescos que permitan hacer frente a los gastos.
  2. Gastos: contención del gasto que detenga o disminuya las erogaciones, para disminuir la presión sobre el déficit.
  3. Administración Tributaria: La Administración Tributaria (AT) se podría considerar como el tercer elemento, en la actualidad existen una serie de tributos que no requieren una reforma legislativa para ser cobrados, lo que se requiere es una adecuada aplicación de la legislación existente.

La propuesta sindical propone un proyecto de reforma fiscal en donde se alcance un 4.2% del PIB: el 54% corresponderá a nuevos ingresos, un 2% a contención del gasto y un 44% a una mejor gestión de la AT.

Por tanto, el 44% que se plantea de la AT es indiferente del proyecto de Ley 20.580 o de la propuesta sindical; ya que es un cambio estructural que requiere un impulso por parte del Ministerio de Hacienda y de la Dirección General de Tributación.

Existen una serie de propuestas que representan un 56% de la capacidad recaudadora de la propuesta de la Unión Sindical por analizar (Ingresos + Gastos), las cuales enunciaremos a continuación con el objetivo de determinar si existen pocas o grandes diferencias.

Comparación en detalle de la Propuesta Sindical

y el Proyecto de Ley 20.580

Tenemos entonces que el 31% (0.73% del PIB) de las soluciones planteadas por la Unión Sindical ya están incluidas en el proyecto de Ley 20-580; que corresponden a:

  1. Norma antiparaíso fiscal, corresponde a un 0.25% del PIB
  2. Gravar las ganancias de capital corresponde a un 0.2% del PIB
  3. Regla de Subcapitalización, corresponde a un 0.02% del PIB
  4. Exoneración vigente sobre dividendos, corresponde a un 0.01% del PIB
  5. Congelar los salarios de lujo superiores a 5 millones de colones, corresponde a un 0.003% del PIB

Un 26% (0.61% del PIB) de las soluciones planteadas por la Unión Sindical se incluyen parcialmente en el proyecto de ley o ya existen otros proyectos de ley en la corriente legislativa referentes al tema:

  1. Mejorar la eficacia de la valoración aduanera, corresponde a un 0.5% del PIB; el proyecto de Ley 20.716 se incluyó en la Asamblea el 12 de febrero del 2018.
  2. Modificaciones al impuesto sobre la renta de salarios, corresponde a un 0.11% del PIB; el actual proyecto incluye un incremento en las tarifas para los salarios más altos, los sindicatos proponen una última escala de un 30% para salario superiores a 6 millones de colones, el proyecto de ley plantea hasta un 25%.

Un 43% (1.03% del PIB) de las soluciones planteadas por la Unión Sindical no se incluyen en el actual proyecto de ley u otros proyectos en corriente legislativa.

  1. La principal propuesta que representa un 50% de las medidas no incluidas, es el aumento temporal de la tarifa del impuesto para los grandes contribuyentes, corresponde a un 0.53% del PIB.
  2. Establecer temporalmente una contribución especial solidario de apoyo a las empresas que se acogen al Régimen de Zona Franca, corresponde a un 0.20% del PIB.
  3. Reducir el financiamiento de los partidos políticos, corresponde a un 0.08% del PIB.
  4. Hacer que los bancos asuman el costo de la supervisión, corresponde a un 0.07% del PIB.
  5. Otras medidas suman un 0.15% del PIB.

En contraste dentro de las principales medidas que incluye el proyecto de Ley 20.580 y que no se incluyen en la propuesta sindical están:

  1. Con relación al Título I, referente al IVA que corresponde a uno de las principales reformas a nuestro sistema tributario, el mismo se excluye de la propuesta sindical, las estimaciones sitúan esta medida en un 1.9% del PIB (casi el doble de los 43% antes mencionados que propone la propuesta sindical y no se incluye en el actual proyecto).
  2. Con relación al Título III, referente a la modificación a la Ley de Salarios de la Administración Pública; no incluye nada relacionado con el tema de las modificaciones a prohibición, dedicación exclusiva, cesantía, anualidades, carrera profesional y dietas. Solo se refiere a congelar los salarios de lujo y al tema de dietas de juntas directivas.

Vea aquí la comparación completa de ambas propuestas

Conclusiones

Con el actual proyecto de Ley 20.580 ya se puede lograr un 76% de lo que plantea la propuesta sindical, dividido en un 44% asociado a lo que corresponde a promover ajustes con la AT que disminuyan el incumplimiento de las personas jurídicas. Adicionalmente las propuestas a nivel de ingresos y gastos que ya se incluyen parcialmente o de forma integral en el proyecto 20.580 representan un 32% de la capacidad recaudatoria de la propuesta.

Dentro de las medidas que no han sido incluidas algunas parecen tener validez para ser analizadas, pero en mi opinión no para modificar por completo el proyecto de ley, sino como complemento:

  • Incremento temporal en la tarifa del impuesto sobre la renta para algunas personas jurídicas, no me parece que sea para Grandes Contribuyentes, en mi opinión debe existir otra medida asociada con la rentabilidad de los negocios; existen medidas de activos y de ingresos para ser calificado como tal, que no necesariamente deparan en una alta rentabilidad.
  • Reducir el financiamiento de los partidos políticos para las próximas elecciones.
  • Hacer que los bancos asuman el costo de la supervisión.
  • Eliminar los privilegios tributarios para los rendimientos de los fondos de inversión.

En general se debe comprender que la reforma afectará a todos los sectores y será necesario asumir la cuota de responsabilidad correspondiente, del lado de la producción, por ejemplo, se deben de dejar de lado las argumentaciones del miedo a la quiebra y la fuga de capitales al exterior. Tengo claro que es una posibilidad, pero ante la situación actual se deben tomar decisiones y asumir responsabilidades.

En tanto que del lado del trabajador tanto privado y en especial el público hay que entender que se deben eliminar beneficios que se han convertido en privilegios. La reforma en los salarios del sector público requiere medidas integrales que permitan ofrecer salarios más competitivos a los nuevos ingresos, sin que esto represente efectos en cascada que comprometan el presupuesto.

Finalmente considero que la huelga carece de sustento ya que la lucha ha sido mal enfocada, se ha convertido en una lucha entre sector público contra el privado lo que ha deparado en que la atención se centre sobe el título III de la reforma, cuando lo más relevante está en los títulos I y II sobre IVA y Renta respectivamente...

Este artículo representa el criterio de quien lo firma. Los artículos de opinión publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de este medio. Delfino.CR es un medio independiente, abierto a la opinión de sus lectores. Si desea publicar en Teclado Abierto, consulte nuestra guía para averiguar cómo hacerlo.