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Primera sesión de la Comisión sobre la causa penal contra Celso deja muchas dudas

La característica de las sesiones de los miércoles en el Plenario de la Asamblea Legislativa es su improductividad. Ese día la sesión dura 2 horas (una menos que el resto de la semana) y se triplica el tiempo para hablar por control político (de 30 minutos a 1 hora 30 minutos). Eso quiere decir que en total, solo se usan 30 minutos para discutir reformas constitucionales.

Luego de que la sesión del Plenario del martes se viera interrumpida 17 veces por falta de quórum, la que había sido convocada para ayer temprano (y cuyo fin era reponer la sesión del miércoles antes de las elecciones) tampoco se realizó, porque solo se presentaron 30 de los 57 diputados.

Esa inasistencia no es extrañable. El tema en discusión es la reforma constitucional para entablar una regla fiscal que abre las puertas a la discusión de reformas a los impuestos de Ventas y Renta. Ya ayer reseñamos las oposiciones y apoyos a este proyecto. 

Dado que no hubo mayores sobresaltos en el Plenario, a excepción del discurso de renuncia de Fabricio Alvarado a su curul, nos enfocaremos a lo ocurrido en la Comisión Especial que estudia la causa penal seguida contra Celso Gamboa por tráfico de influencias en perjuicio de la función pública.

Las alertas se encendieron durante la tarde porque se reportaron intenciones de que las sesiones de esa comisión fueran secretas. Es necesario recordar que la Sala Constitucional, mediante la sentencia 2014-4182 declaró que el secretismo de la sesión del Plenario donde se decide sobre la inmunidad de un miembro de los Supremos Poderes es inconstitucional, por violentar los principios de transparencia y publicidad, acceso a la información de interés público, libertad de información en su aspecto activo y pasivo de buscar y de recibir información, así como la libertad de expresión.

Llegada la hora de la sesión, se decidió que las sesiones fueran públicas (aunque ese paso, a raíz del voto de la Sala, era absolutamente innecesario), más no el acceso al expediente judicial que le fue entregado a la Asamblea Legislativa, de modo que únicamente fuera accesible para los tres diputados que integran el órgano legislativo (Juan Luis Jiménez Succar, Marvin Atencio Delgado y Edgardo Araya Sibaja).

Adicionalmente, el presidente de la Comisión (Atencio) decidió prohibir que el expediente fuera fotocopiado. Edgardo Araya denunció que la medida obstruye su labor de control político y como integrante de la Comisión, por lo que este jueves acudirá a la Sala Constitucional a interponer un recurso de amparo, al afirmar que lo actuado constituye un nefasto precedente.

La decisión de obstaculizar el acceso al expediente causa sospechas mayores cuando se toma en cuenta que Araya reveló públicamente que, como parte de la causa contra Celso, aparece un informe del Organismo de Investigación Judicial sobre llamadas que hizo el letrado (destituido) Justo Pastor López a Jiménez Succar y Atencio Delgado durante el 2017.

Araya usó todos los mecanismos habilitados en el Reglamento para intentar revertir la medida, sin embargo, no lo logró.

Al final, Atencio y Jiménez aprobaron (con el voto negativo de Araya) una moción para que mañana se realice una sesión extraordinaria donde se discuta -nuevamente- la decisión de no dejar fotocopiar el expediente.

Es necesario resaltar que, como justificación, el diputado de Liberación Nacional dijo que la labor que está haciendo la Comisión es jurisdiccional, por lo que deben proteger el expediente. Sin embargo, el voto de la Sala Constitucional del 2014 dice lo contrario:

"Aún cuando a la Asamblea Legislativa le compete valorar si la acusación planteada en contra del funcionario contiene los elementos suficientes para autorizar la procedencia del proceso penal, no se trata de un acto materialmente jurisdiccional, sino de naturaleza estrictamente política".

De sobra está mencionar que nuestro Estado de Derecho tiene reservada la labor jurisdiccional a los jueces y los tribunales, de modo que la Comisión legislativa jamás podría usurpar las potestades que están reservadas para el Poder Judicial.

Entretanto, la Comisión acordó darle 3 días hábiles a Celso Gamboa para que presente las pruebas y descargo a su favor.

Los diputados tienen hasta 10 días hábiles para rendir su informe con recomendaciones al Plenario sobre si levantar o no el fuero del magistrado suspendido de la Sala III.

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