Asamblea
Educación Ciudadana y Control Político
Expediente 25679
Reforma al artículo 231 y 239 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley N° 8 y sus reformas
Histórico de Textos
Propósito del Proyecto
La presente iniciativa legislativa surge para garantizar que, cuando una persona haya trabajado en el Poder Judicial y no alcanzó el derecho a la jubilación, el traslado del Fondo de Jubilación y Pensiones del Poder Judicial y el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) comprenda no solamente las cuotas obrero, patronales y estatales, efectivamente aportadas, sino también los rendimientos financieros que dichas cotizaciones hayan generado durante el período en que permanecieron bajo administración del Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial.
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