Asamblea

Educación Ciudadana y Control Político

Expediente 25614

Ley Gerson Rosales Cascante Ley de Protección Integral a la Víctima y al Servidor Policial

Tipo
Proyecto de Ley
Estado
Presentado
Comisión
Presentado
15 de junio de 2026
Categorías
Justicia y Leyes

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Propósito del Proyecto

Reforma el artículo 28 del Código Penal para ampliar la legítima defensa a la defensa de familiares y extraños como causales expresas, y para establecer una presunción legal de concurrencia de sus requisitos frente al escalamiento de viviendas o la tentativa de comisión de delitos graves, crea los artículos 28 bis y 28 ter del Código Penal, para instaurar una presunción legal de racionalidad del uso de la fuerza para el servidor policial en el ejercicio de sus funciones, reforma el aartículo 57 bis del Código Penal para incorporar como requisito la ausencia de resistencia o agresión al momento de la aprehensión contra un miembro de los cuerpos policiales en el ejercicio de sus funciones. Se precisa además que el sustitutivo opera exclusivamente para el delincuente primario, entendido como quien no registre condenas dentro de los plazos del artículo 39 del Código Penal. Modifica el artículo 65 del Código Penal, para establecer que la libertad condicional no procederá cuando la condena que la origina corresponda a un delito contra un miembro de los cuerpos policiales en el ejercicio de sus funciones. Agrega al artículo 67 del Código Penal como causal de revocación de la libertad condicional la resistencia o agresión a un miembro de los cuerpos policiales durante el período de prueba. Ajusta los artículos 312 y 313 del Código Penal para que la pena mínima del delito de resistencia, sea expresamente el uso de fuerza contra los equipos policiales como conducta sancionada con la misma pena, y se agrega el desarme de funcionario policial como circunstancia agravante. Agrega el artículo 316 ter del Código Penal para crear un tipo penal específico para las amenazas dirigidas a miembros de los cuerpos policiales en el ejercicio de sus funciones. Reforma el artículo 98 del Código Procesal Penal para extender a doce horas la facultad de los agentes del OIJ para interrogar al detenido con fines de la investigación del caso. Reforma el artículo 239 del Código Procesal Penal para amplíar el inciso d) para incorporar el riesgo hacia los funcionarios policiales que realizaron la detención dentro del análisis de peligro para la víctima. Adiciona al artículo 239 bis del Código Procesal Penal los incisos e), f) y g) como causales autónomas de prisión preventiva: el inciso e) establece la resistencia activa o agresión al momento de la detención; el inciso f) la reiteración delictiva dolosa con violencia o fuerza en los casos en que el proceso anterior no haya concluido por sentencia absolutoria firme, sobreseimiento definitivo o desestimación; y el inciso g) la comisión de un nuevo delito doloso sancionado con más de tres años de prisión cuando el imputado se encuentre cumpliendo una medida de localización permanente con mecanismo electrónico o arresto domiciliario con monitoreo electrónico. Agrega los artículos 89 bis y 89 ter de la Ley de Armas y Explosivos para tipificar el uso de armas contra miembros de los cuerpos policiales en el ejercicio de sus funciones, estableciendo una pena de seis a diez años para el uso de armas permitidas inscritas, y de diez a quince años para el uso de armas permitidas no inscritas y de armas prohibidas. Este proyecto de ley rinde homenaje a Gerson Rosales Cascante, policía de nuestra Fuerza Pública, asesinado alevosamente por sicarios en Batán, provincia de Limón, el miércoles 14 de mayo de 2026, mientras cumplía su deber.