Asamblea
Educación Ciudadana y Control Político
Expediente 25593
Feriados con Propósito: Pilar del Bienestar Personal y Familiar (Reforma del Párrafo Primero del Artículo 148 de la Ley N.º 2, Código de Trabajo, de 27 de agosto de 1943 y sus reformas, y derogación de su transitorio)
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Propósito del Proyecto
El proyecto propone que los feriados de pago obligatorio del 11 de abril y 25 de julio sean de disfrute el lunes posterior, y los feriados de pago no obligatorio del 2 y 31 de agosto y el 1 de diciembre se disfruten el lunes posterior.
