Asamblea

Educación Ciudadana y Control Político

Expediente 25404

Modificación del Artículo 2 de la Ley Reguladora Transporte Remunerado Personas Vehículos Automotores, Ley N.° 3503, del 10 de Mayo de 1965 y sus reformas y Modificación de los Artículos 8 y 9 de la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en La Modalidad de Taxi, Ley N.° 7969, del 22 del diciembre de 1999 y sus reformas. Ley para Garantizar el Derecho al Transporte Público (Autobus) de la Población

Tipo
Proyecto de Ley
Estado
Presentado
Comisión
-
Presentado
13 de febrero de 2026
Categorías
Obras Públicas y Transporte

Histórico de Votaciones

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Propósito del Proyecto

El presente proyecto de ley pretende garantizar el derecho al transporte público de autobús de la población mediante la reforma al artículo 2 y la adición de un artículo 7 bis a la Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores, Ley N.° 3503, del 10 de mayo de 1965 y sus reformas, con el objetivo de establecer la obligatoriedad del Ministerio de Obras Públicas y Transporte en su deber de salvaguardar el derecho al servicio esencial de transporte a toda la población del territorio nacional, de forma que si una línea no se concesiona por falta de interés comercial o es abandonada por la empresa concesionaria, el MOPT deberá brindar el servicio a la población de la zona afectada; asimismo, propone reformar la integración del CTP con el propósito de eliminar los posibles conflictos de interés que se presentan en su actual conformación a través de una reforma al artículo 8 y 9 de la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en Modalidad Taxi, N.° 7969, del 22 de diciembre de 1999.