Asamblea

Educación Ciudadana y Control Político

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Expediente 25250

Reforma de los Artículos 94 Bis y 95 de La Ley N.º 2, Código de Trabajo, del 27 de agosto de 1943

Propósito del Proyecto

La reforma propone incorporar en el Código de Trabajo una licencia por muerte gestacional o pérdida gestacional como un derecho laboral autónomo, complementario a las licencias existentes, dirigido a la persona gestante. En caso de pérdida gestacional no intencional, con menos de 20 semanas de gestación, la trabajadora tendrá derecho a una licencia remunerada de 5 días naturales. En caso de muerte gestacional o parto prematuro con producto nacido muerto, cuando la gestación haya alcanzado las 20 semanas y sin sobrepasar las 36, la trabajadora tendrá derecho a una licencia remunerada de 45 días naturales. En caso de muerte gestacional, si el ser procreado naciera sin vida y el período de gestación es mayor a las 36 semanas, se le otorgará la licencia completa de maternidad.

Tipo

Proyecto de Ley

Estado

Presentado

Comisión

Pendiente

Presentado

15 OCT, 2025

Categorías

Trabajo

Histórico de Textos

Histórico de Votaciones

No hay votaciones registradas

Firma principal

24

Jorge Antonio Rojas López

Alajuela

¡Muchas Gracias!

Asamblea es un proyecto que se logró con el aporte de los suscriptores D+, los donantes que se sumaron y al respaldo de Coopenae.

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