Propósito del Proyecto
El presente proyecto de ley propone una reforma a los artículos 6 y 7 de la Ley N.º 10627, con el fin de atender los siguientes aspectos: una modificación a la redacción del inciso k) del artículo 6, que actualmente hace referencia a las “cooperativas del sector financiero”. Esta denominación resulta ambigua desde el punto de vista técnico-jurídico, pues el marco legal costarricense concretamente la Ley N.º 4179, Ley de Asociaciones Cooperativas no contempla dicho término como una categoría específica. En cambio, sí define con precisión a las “cooperativas de ahorro y crédito”, se propone establecer que los representantes a los que se refieren los incisos i), j) y k) correspondientes a las cámaras empresariales, asociaciones solidaristas y cooperativas de ahorro y crédito preferiblemente sean personas que cuenten con experiencia, trayectoria o programas activos en educación financiera; se corrige una imprecisión jurídica presente en el artículo 7 de la ley vigente. Dicho artículo, al referirse a los nombramientos de representantes institucionales, cita erróneamente al artículo 5, cuando en realidad es el artículo 6 el que contiene los incisos donde se define la integración del Cocef.