Asamblea

Educación Ciudadana y Control Político

Expediente 25067

Adición del Artículo 5 Bis a la Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer, N.º 7142 de 28 de Marzo de 1990 y reforma del Inciso 1 del artículo 22 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N°6227

Tipo
Proyecto de Ley
Estado
En comisión
Comisión
Presentado
26 de junio de 2025
Categorías
Mujer

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Propósito del Proyecto

El proyecto de ley pretende adicionar un artículo 5 bis a la Ley Nº 7142, Ley de la Promoción de la Igualdad Social de la Mujer, de 26 de marzo de 1990 y sus reformas y modificar el artículo 22 De La Ley General De La Administración Pública, Ley N° 6227, para establecer que la persona que ejerza la Presidencia de la República, en ejercicio de sus deberes y atribuciones y en aplicación del principio de paridad vigente en el país, deberá nombrar en paridad los cargos ministeriales estableciéndose que la diferencia entre el total de hombres y mujeres nombrados no podrá ser superior a uno. Igual norma, se aplicaría para el nombramiento de las personas que ocupen los cargos de viceministras y viceministros de manera alterna según el sexo de las personas.También se establece que el Consejo de Gobierno aplicará el principio de paridad en todos los nombramientos que le correspondan al Poder Ejecutivo y en la designación de integrantes a las juntas directivas, presidencias ejecutivas y gerencias de las instituciones de la Administración Pública.