Ley para el Endurecimiento de las Penas por Aborto, en Defensa del Derecho a la Vida de los Niños no Nacidos (Reforma de los Artículos 118, 119 y derogatoria del Inciso 4) del Artículo 93 y del Artículo 120, del Código Penal, Ley N° 4573, del 4 de Mayo de 1970, y sus reformas)
Propósito del Proyecto
El proyecto de ley buscaría reformar el Código Penal específicamente en los artículos 118, 119 mientras que deroga los artículos 93 y 120, para sancionar con penas de prisión de 6 a 12 años a quien cometa el aborto sin consentimiento de la mujer o si la madre fuera menor de 15 años; de 4 a 8 años de prisión si el feto no había alcanzado los seis meses de vida intrauterina; de 4 a 6 años de prisión, si se cometiera con el consentimiento de la mujer, indistintamente si el feto había o no alcanzado seis meses de vida intrauterina; de 4 a 6 años a la mujer que consistiera o causara su propio aborto en cualquier etapa de gestación. Además, deroga los artículos del Código Penal que perdonaban la pena de prisión a quien abortara para "salvar su honor o para ocultar la deshonra de la mujer".