Asamblea
Educación Ciudadana y Control Político
Expediente 24852
Modificación de los Artículos 3, 36 y 60 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, Ley 17 del 22 de octubre de 1943, para Establecer el Límite de 65 Años para Obtener el Derecho a la Pensión y 40 años como Plazo Máximo de Cotizaciones para que las Personas Aseguradas puedan acceder a una Pensión por Vejez
Tipo
Proyecto de Ley
Estado
En comisión
Comisión
Presentado
25 de febrero de 2025
Categorías
Social
Histórico de Textos
Histórico de Votaciones
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Propósito del Proyecto
El proyecto propone que todas las personas aseguradas tendrán derecho a obtener el beneficio de la pensión por vejez al cumplir 65 años, y ordena a la Caja establecer un esquema de pensión anticipada a partir de los 55 años. Además, establece que a ninguna persona asegurada se le pueda exigir el pago de cuotas mensuales destinadas para el fondo de cotizaciones del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, por más de cuarenta años.
