Asamblea
Educación Ciudadana y Control Político
Expediente 24576
Reforma de los Artículos 3 y 4 y la Inclusión de un artículo 3 Bis en la Ley 8444, Ley Reguladora de Exoneraciones Vigentes, Derogatorias y Excepciones, para Garantizar los Derechos de la Población Con Discapacidad
Tipo
Proyecto de Ley
Estado
En comisión
Presentado
18 de septiembre de 2024
Categorías
Discapacidad y persona adulta mayor
Histórico de Textos
Histórico de Votaciones
No hay votaciones registradas
Propósito del Proyecto
El presente proyecto de reforma de ley, propuesto por el ciudadano Gilberto de los Ángeles Pochet Fonseca, obedece a una necesidad latente e imperante de actualizar, por la vía de la reforma legal, la ley 8444 “Ley reguladora de exoneraciones vigentes, derogatorias y excepciones”, esto con el objetivo de garantizar a las personas con discapacidad la posibilidad de contar con un medio de transporte propio. Eleva el monto topo del valor tributario de los vehículos exonerados para ese fin de 35 mil dólares a 80 mil dólares y elimina el topo para los vehículos híbridos y eléctricos. Además, autoriza que el vehículo sea manejado por un familiar de primer grado de consanguinidad y, en situaciones especiales, o en caso de que su discapacidad se lo impida, por otras personas debidamente autorizadas. Además, introduce situaciones excepcionales en las que otras personas sí puedan conducir el vehículo sin la persona con discapacidad tener que estar dentro del automóvil. Y establece que el beneficio se podrá utilizar una vez cada cuatro años, en lugar de los 7 años que establece la ley actualmente.







