Propósito del Proyecto
El proyecto introduce a la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres (Ley 8589), la violencia simbólica, entendida esta como violencia producida por medio de roles de género y estereotipos, expresados por mensajes, valores, iconos o signos que reproduzcan dominación, desigualdad y discriminación, en donde se promueva el estado de subordinación de las mujeres, y será reprimida con veinte a sesenta días multa cuando un medios de comunicación cometa violencia simbólica mediante su labor comunicativa. Además, introduce la violencia mediática, entendida como la producida por los medios de comunicación masiva a través de publicaciones en línea, imágenes, noticieros, periódicos y otras formas de difusión o reproducción de mensajes, de manera directa o indirecta, que promuevan la violencia contra la mujer como una conducta aceptable, reproduciendo la vulnerabilidad de la mujer y justificando la violencia de género. Incluyendo las expresiones que puedan incidir en la revictimización de la persona víctima o sus familiares, así como la narrativa sensacionalista de los crímenes basados en la violencia de género. Esta será pena con 15 a 65 días multa, y de 50 a 150 días multa en caso de que la violencia mediática se ejerza contra una víctima de femicidio.