Propósito del Proyecto
El proyecto propone que se interprete el Artículo 3, inciso H) de la Ley N.º 8642, de 30 de junio de 2008, Ley General de Telecomunicaciones, en el sentido de que la voluntad y el espíritu del legislador es que, el Principio de neutralidad tecnológica otorga la potestad exclusiva del diseño de las redes de telecomunicaciones, a los operadores y proveedores de servicios, sin detrimento de las competencias establecidas en la ley a la Superintendencia de Telecomunicaciones para establecer planes técnicos. Además, que las metas y los objetivos de política sectorial contenidos en la definición de dicho Principio, se limita exclusivamente a la potestad del Poder Ejecutivo de establecer dichas metas y objetivos, sin la competencia de establecer la tecnología que deba usarse o no, para lograr dichas aspiraciones.